Economía y Negocios

SII obliga a retener el IVA a 653 empresas en la Región del Bío Bío

Por: Edgardo Mora 04 de Marzo 2018
Fotografía: Archivo

Sector inmobiliario y de la construcción serían los principales afectados. Se critica que “se le hace el trabajo al SII y no se obtiene ningún beneficio adicional”.

A partir del 1° de marzo 653 empresas de la Región del Bío Bío son responsables de emitir las facturas de compra cuando adquieran ciertos tipos de bienes o servicios, además de retener, declarar y enterar en arcas fiscales el porcentaje del IVA que les corresponda.

Lo anterior producto de la entrada en vigencia de la resolución N° 2 de 2018 emitida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y publicada en su página web que obliga a las empresas clasificadas como agentes  retenedores  a cumplir con esta disposición.

Así lo confirma Cristian Maldonado, Ceo y gerente general de la empresa Financial & Tax Advisory Consultores (Fintax Consultores), especializada en temas contables, financieros y tributarios.

Maldonado detalla que la nueva normativa del SII  “consiste en que las actuales empresas definidas por el SII como Agentes Retenedores, se les dispone un cambio de sujeto del derecho del IVA en las ventas de arroz, berries, actividades de la construcción, ganado, legumbre, madera, oro, papel y cartón para reciclar, especies hidrobiológicas, productos silvestres, trigo y chatarra, del que existe una nómina de aproximadamente. 5.260 empresas y 653 son de la Región y la mayor cantidad son contratistas, que representan el 28% del total”.

El Ceo de Fintax Consultores aclara, además, que la nueva disposición “obliga respecto a estos sectores que son identificados de difícil fiscalización, a emitir las facturas de compra respectivas y además, retener, declarar en arcas fiscales el porcentaje de impuesto al valor agregado, regresando a lo que disponía el SII antes del año 2008”.

Del mismo modo, el gerente general de Fintax Consultores añade que “hoy día el contribuyente de los sectores involucrados recibe el 100% de la factura, que incluía IVA, o sea el valor Bruto, pero debido a esta resolución recibirán como mínimo un 84% del valor total de la factura, o sea, el neto”.

Efectos de los cambios

Desde iConstruye,  aseguran que esta modificación afectará a cerca de 5.200 empresas de distintas industrias, donde un 30% corresponde al sector inmobiliario y de la construcción.

Mauricio Thibaut, gerente de productos de iConstruye, informa que los bienes o servicios que están afectos al cambio de sujeto del IVA en actividades de la construcción son aquellos con contratos de instalación o confección de especialidades como, por ejemplo, instalación de moldajes, vidrios, servicios de pintura, revestimiento, entre otros, y que representa un 32% de los costos del proyecto.

“El incumplimiento de esta norma, significa una multa que va entre el 50 y 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA, entre $93 mil y 22 millones de peso, además de la restitución de los impuestos omitidos. Otra multa puede ser cursada si la empresa que se transforma en agente retenedor no realiza la publicación en el Diario Oficial comunicando al mercado su condición”, agrega Thibaut.

Opiniones locales

Las opiniones locales respecto del cambio normativo, que busca mejorar la recaudación fiscal, es divido sobre si generará grandes complicaciones para las empresas.

Es así como Jorge Guardia, de constructora Pocuro señala que “evidentemente es una complicación para las empresas retenedoras, ya que tiene que readecuar nuevamente los procedimientos internos, que ya se habían ajustado hace poco, cuando el mismo SII había instruido la facturación electrónica al pequeño empresario, situación que Pocuro exigió, pero ahora, hay que decirle que ya no tiene que emitir la factura, porque lo hará Pocuro de acuerdo a esta última resolución”.

Guardia advierte además que “también le afecta al pequeño empresario en el flujo de caja, ya que podía manejarse durante el lapso de tiempo entre el pago de su factura y del IVA respectivo, es decir, el beneficio sólo es para el fisco, ya que los costos los paga el empresariado grande o chico (y finalmente el cliente nuestro), se le hace el trabajo al SII, y no se obtiene ningún beneficio adicional, ojalá se usen bien los recursos”.

Por su parte, Sergio Jara, gerente general de Valmar indica que “este sistema lo venimos haciendo hace años, ya que por nuestro volumen de ventas somos considerados agentes retenedores y, a mi juicio, si bien puede producir un problema en el flujo de caja de las Pymes, también les permite trabajar de forma ordenada, ya que muchas veces ha ocurrido que cuando estas reciben como pago el IVA posteriormente se lo gastan y tienen problemas futuros al momento que deben enterar el IVA al fisco”.

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