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Economía y Negocios

Consultor tributario evalúa medidas del SII para las Pymes

Experto explica el pago diferenciado del IVA y la emisión de facturas a contribuyentes de bajo riesgo.

Por: Edgardo Mora 06 de Diciembre 2019
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

Cristian Maldonado, gerente general de Fintax consultores, una empresa regional de asesorías tributarias y contables, tiene una mirada más bien crítica de las medidas que el Servicio de Impuestos Internos, SII, anunció a favor de las Pymes.

– ¿Qué medidas del SII van en ayuda de las Pymes?

– Las medidas tributarias para apoyar a los micro, pequeños y medianos contribuyentes definidas por el SII para enfrentar la crisis, han sido 9 anuncios, los que se refieren a actividades generales y algunas específicas de contribuyentes, de las cuales podemos rescatar 2 medidas que son de afectación general de los contribuyentes, que se han visto afectados con la crisis actual que vive el país.

– ¿Qué puede resaltar respecto de estas dos medidas del SII?

– La declaración de IVA correspondiente al mes de octubre podrá realizarse hasta el 10 de diciembre de este año, sin ningún tipo de recargo, y que, en forma extraordinaria, el SII autorizará la emisión de facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. Esta medida busca evitar que deban acercarse en lo inmediato a las oficinas del servicio y permite que continúen facturando y manteniendo la operación de sus negocios.

– ¿En su experiencia cómo pueden resultar estas acciones?

– En mi experiencia, tengo contribuyentes que han debido presentarse y justificar ante el SII los incumplimientos y situaciones pendientes, y acudir a estas medidas para que les permitan facturar, siendo la idea que estos contribuyentes con situaciones pendientes y muy básicas, le sean levantadas restricciones sin que ellos deban acudir a las oficinas del SII, pero por el contrario han tenido que asistir en más ocasiones que antes de estas medidas, inclusive, aparecen bloqueos de facturación y al llamar al call center del SII, piden actuar de forma presencial.

– Finalmente, ¿son medidas que ayuden?

– Hoy día, los contribuyentes que quieren emprender e inician actividades, dada la situación actual, se ven enfrentados a más problemas que antes, al momento de tratar de facturar, casos como: Que por tener un contrato de arriendo no notarial, el SII “obliga” a presentarse frente a él y solicitar verificación de actividad en oficina, no pudiendo realizarse en Internet (que es lo normal); una vez que te presentas, exige el contrato notarial, ordenes de trabajo que justifiquen el servicio y facturas de compra, todo lo anterior, como si los contribuyentes iniciaran actividad con los contratos de servicios ya establecidos.

El sistema no permite la carga de algunos certificados electrónicos (para facturación) por Internet, si no que entrega mensaje de obligación de presentarse en oficinas del SII para poder cargar un certificado electrónico y ahí te obligan a otros trámites que se relacionan con la verificación de actividad, lo que significa regresar dos o tres veces más para poder recién acelerar el proceso.

Acá es donde se preguntan los contribuyentes, si las medidas tributarias establecidas por el SII han tenido como objetivo facilitar el cumplimiento o complejizarlo aún más de lo que es en un proceso normal, por lo que vuelve a la retina la idea de que alguien no está haciendo bien el trabajo y lo que es peor, a costa de los contribuyentes que hoy tratan de salir adelante, tienen poco tiempo y evitan salir de sus empresas, y el SII por esas situaciones los obligan a concurrir presencialmente, todo lo contrario al objetivo de las medidas anunciadas.

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