Economía y Negocios

Residentes de edificios y condominios son libres de cambiar cable e internet

Por: Edgardo Mora 25 de Abril 2018
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

Seremi explica los detalles de la nueva disposición, sus beneficios y efectos. Proveedoras deberán mejorar sus ofertas comerciales y la calidad de sus servicios. En tanto, las constructoras deberán amoldarse al cambio.

Si usted es residente de un edificio o condominio y no le daban opción de cambiarse de proveedor de TV cable o internet por contratos previos firmados entre la inmobiliaria y la compañía que posee, dentro de los próximos 90 días podrá cotizar y cambiarse de compañía si no está conforme.

Lo anterior como resultado de la entrada en vigencia del reglamento técnico que regula la instalación de ductos adecuados para la utilización de más una empresa proveedora de TV cable o internet.

Jaime Aravena, seremi de Transportes y Telecomunicaciones de Bío Bío explica que “el aspecto más relevante de la nueva normativa que entra en vigencia en 90 días más es el incentivo a que exista una competencia real entre los distintos prestadores de servicios. Lo que había antiguamente era que de alguna manera se capturaba al cliente con una sola empresa de servicios, sin otra alternativa”.

Aravena dice también que se trata de una normativa que “pone en marcha la Ley de Ductos porque ya existía desde el año 2015, donde efectivamente vamos a tener hoy día en materia de televisión, telefonía e internet una efectiva competencia”.

En cuanto a cómo se fiscalizará el cumpliendo de la nueva normativa, el seremi de Transportes y Telecomunicaciones de Bío Bío detalla que “contamos con un equipo de fiscalización que, ante la denuncia de la ciudadanía podemos fiscalizar. Hay que entender que esta ley hace una distinción de todas las nuevas edificaciones, sobre las cuales este reglamento es aplicable donde no existen argumentos que imposibiliten la utilización de estos ductos”.

Requerido acerca de edificios y condominios construidos con anterioridad a la ley, Aravena precisó: “pese a que la ley no es retroactiva, si permite que, por ejemplo, en un edificio que tiene una sola compañía proveedora por el convenio que firmó la inmobiliaria con ese proveedor, ahora sí podrá exigir poder tener otra empresa proveedora a la cual se le debe poder permitir el acceso, a menos que no exista factibilidad técnica, lo que es fiscalizable por nosotros”.

Para aquellas personas que estén en la situación descrita anteriormente, es decir, que se vean obligados a tener un sólo proveedor de TV cable, telefonía fija o internet pueden realizar sus denuncias a través del portal de la Subtel o directamente en la Seremi de Transportes en O’Higgins Poniente 77, tercer piso Concepción.

Cambios para las constructoras

Otro cambio relevante es que “efectivamente hoy día la construcción o habilitación de los ductos pasan a ser una obligación por parte de la constructora” aclara el seremi.

Jorge Guardia, gerente regional de Constructora Pocuro comenta que ya se habían anticipado a la vigencia de la normativa por lo que no han tenido conflictos por el usos de los ductos, “sin embargo, la tramitación, aprobación y ejecución del proyecto de telecomunicaciones antes de la ejecución es una materia nueva para nosotros, por lo que tendremos que amoldarnos a esta nueva exigencia”.

Del mismo modo, Guardia adelanta que “será un costo adicional para el desarrollo de proyectos y una demora más dentro las ya numerosas tramitaciones”.

Desde Movistar Chile informaron que “como compañía hemos apoyado de forma permanente esta iniciativa, por lo que el día de hoy celebramos el anuncio del reglamento, el cual fomentará la competencia y entregará mayores alternativas a los usuarios, para que puedan escoger libremente el servicio de la compañía que estimen conveniente, de acuerdo a sus preferencias y necesidades. Este reglamento nos permitirá dar servicio a hogares y empresas que hasta hoy no podían contratarnos por no tener factibilidad técnica en su edificio o loteo”.

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