Economía y Negocios

TC posterga por 15 días fallo por Sernac y limita margen de acción del Gobierno

Por: Pulso 12 de Enero 2018
Fotografía: Pulso

El largo camino que ha tenido que sortear la reforma al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ya no se limita al Congreso. Es que el Tribunal Constitucional (TC) resolvió prorrogar por 15 días el plazo para informar el fallo sobre el control de constitucionalidad al proyecto de ley que fortalece el servicio.

El Tribunal Constitucional notificó ayer a la Cámara de Diputados de la decisión tomada con fecha 10 de enero. “(…) Teniendo en consideración el conocimiento y resolución de otros asuntos sometidos a esta magistratura, como a su vez, la complejidad de la materia (…) se resuelve: prorrogar el plazo para resolver sobre la constitucionalidad de las disposiciones del proyecto de ley por 15 días, según lo permite el artículo 49, inciso segundo, de la Ley N °17.997”, dice la resolución firmada por el presidente del Tribunal, Iván Aróstica y los ministros Marisol Peña, Gonzalo García, Juan José Romero, María Luisa Brahm y Cristián Letelier, Nelson Pozo y José Ignacio Vásquez.

De esta manera, el plazo final para conocer el dictamen de la magistratura se trasladó para el 28 de enero, fecha en que el Congreso ya habrá iniciado su período de receso estival.

Este escenario limitaría el accionar Gobierno, porque si en algún momento se barajó la opción de enviar una ley corta al Congreso para poder adecuar los cambios a la norma que resuelva eventualmente el TC, los plazos no calzarían para seguir adelante por este camino con éxito.

Según fuentes, la lectura que habría al interior del Gobierno es que el fallo es altamente complejo y que por ello, el TC se estaría tomando tiempo para tener un sustento técnico bien fundamentado y con ello evitar las críticas. Además, asociarían esta decisión de la magistratura a una estrategia para que el dictamen se conozca en pleno período estival del Congreso con el objetivo de que resonancia dentro de la opinión pública sea de bajo perfil.

Cabe recordar que ha trascendido que la mayoría de los ministros de la magistratura habrían acordado eliminar una serie de facultades normativas y sancionatorias que le dotaba el proyecto de ley al Sernac.

Asimismo, transcendió que el fallo era en línea con el dictamen que el TC emitió contra la Dirección General de Aguas (DGA), es decir, declaraba inconstitucional las potestades sancionatorias del nuevo Sernac.

Ante todo este panorama, el director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, afirma que “estamos a la expectativa y esperamos que el Tribunal Constitucional de a conocer su fallo lo antes posible y que fundamentalmente se respete lo decidido por el Congreso en este proyecto de ley, cuyo objetivo principal es fortalecer los derechos de los consumidores” .

Mientras que en el Ministerio de Economía no quisieron referirse a la prórroga del TC y precisaron que sólo darán declaraciones una vez que se conozca el fallo.

Por otra parte, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Manuel Melero, señala que “no tenemos información de lo que pasa, ni de las razones de esta ampliación del plazo para entregar el fallo. Por lo tanto, tenemos que ser cuidadosos a la hora de sacar conclusiones. No sabemos lo que está pasando y como no lo sabemos es difícil hacer un juicio de valor al respecto”. No obstante, agrega que “lo único que puedo decir es que nos hubiera gustado que esto ya estuviera zanjado para tener claridad respecto de lo que va a pasar con esa ley, como es de conocimiento público, al sector comercio le preocupa bastante”. En ese sentido, Melero también espera que el dictamen sea informado prontamente.

La acción del Comercio

A mediados de noviembre, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) presentó un escrito a la magistratura bajo la consigna téngase presente para que revisara ciertos aspectos adicionales a los que la Cámara de Diputados había instruido a la judicatura mirar. La CNC planteó que las normas que le dan una nueva fisionomía al Sernac, otorgándole nuevas potestades son materia de Ley Orgánica y por tanto, debían ser revisadas en el control preventivo, lo que de acuerdo a lo trascendido habría tomado el Tribunal.

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