Opinión

Animales y Constitución: algunas experiencias desde Europa

La Constitución de 1980 no reconoce a los animales como objeto de protección. Esta circunstancia contrasta con ejemplos europeos.

Por: Diario Concepción 15 de Agosto 2020

Dr. Alfonso Henríquez
Integrante del Programa de Estudios Europeos.

La Constitución de 1980 no reconoce a los animales como objeto de protección. Esta circunstancia contrasta con algunos ejemplos que encontramos en el caso europeo. En efecto, la Ley Fundamental alemana establece la obligación del Estado de proteger los animales y los fundamentos naturales de la vida por medio de la legislación; la Constitución Federal de Suiza, reconoce la dignidad de todas las criaturas vivas, disponiendo la obligación de respetar la seguridad de los animales y de proteger su diversidad genética; mientras que la Constitución de Eslovenia contempla el deber que tiene el Estado, de sancionar por medio de una ley la crueldad hacia los animales.

Estas disposiciones reconocen que los animales son seres vivos y que, por tanto, tienen la capacidad para experimentar placer y dolor.

También, disponen que merecen una protección especial, puesto que son algo distinto del ambiente que los rodea. Finalmente, aun cuando no prescriben que sean sujetos de derecho, si establecen que el Estado tiene el deber de protegerlos -lo cual es un avance- disponiendo para ello de las medidas legislativas o administrativas que sean pertinentes. Las normas reseñadas van en la dirección correcta, toda vez que la literatura especializada está conteste en reconocer que los animales no son sólo cosas que llevan una existencia biológica, sino que son sujetos de una vida, es decir, que son individuos que tienen creencias y deseos propios, percepción, memoria y sentido del futuro, una vida emocional compleja e intereses particulares.

Estas experiencias pueden servir como punto de partida para conversar acerca de la necesidad de incluir a los animales dentro de una eventual Nueva Constitución. De hecho, este reconocimiento guardaría coherencia con la preocupación que parece existir hoy en día, en torno a la conveniencia de mejorar nuestro trato hacia a los animales y con las últimas modificaciones legislativas que se han aprobado en nuestro país, las cuales justamente han avanzado en esa dirección. Así, si el proceso constituyente supone discutir acerca de nuestros valores más básicos, entonces, resulta pertinente reflexionar sobre los deberes de protección que tenemos hacia otros seres y las consecuencias, tanto morales como jurídicas, que el cumplimiento de estas obligaciones tendrían para la forma en como pensamos nuestras instituciones políticas.

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