Economía y Negocios

Qué deben tener en cuenta las Pymes en la Operación Renta 2019

¿En qué debe poner atención una Pyme al momento de declarar? Especialistas aclaran las dudas y errores más frecuentes en las empresas de menor tamaño.

Por: Silvanio Mariani 10 de Marzo 2019
Fotografía: Agencia UNO

Este 2019 tendremos la segunda Operación Renta tras la Reforma Tributaria, con una serie de cambios que plantean nuevos escenarios para las pequeñas y medianas empresas. Los plazos se han acortado, y lo que antes se debía entregar en abril, hoy la autoridad lo pide para marzo.

¿En qué fijarse?  las consultoras CFC Capital y AB Solutions entregaron a Diario Concepción algunas recomendaciones que aclaran las dudas y errores más frecuentes respecto al proceso.

1.- Revisar exhaustivamente la declaración de renta del año anterior. Hay que tener en cuenta que si ésta presenta observaciones, será inmediatamente rechazada. La declaración de 2019 debe coincidir con la de años anteriores. Que los antecedentes no cuadren entre un año y otro es uno de los mayores errores cometidos.

2.- Tener en cuenta que este es el segundo año que se aplica el retiro total de utilidades del ejercicio por parte de los socios según su tipo de tributación. Hubo muchos casos en que no todos tuvieron la posibilidad de sacarlos en un año, con lo que el proceso se ha trasladado para los años siguientes.

3.- Recordar que el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) se registra en una manera distinta y no es obligación retirar el FUT, ni pagar impuestos por este, actualmente definido en la reforma tributaria.

4.- Es recomendable validar y revisar al detalle los libros de compras y ventas ingresados a la plataforma del SII y que coincidan con los F29 (Formulario de IVA), ya que estos libros son generados automáticamente por la plataforma del Servicio de Impuestos Internos.

5.- Revisar los plazos de las Declaraciones Juradas para evitar pago de multas por incumplimiento. Con la reforma se adelantaron las fechas de declaración y crearon nuevas declaraciones juradas acordes a su régimen tributario. Ya en febrero se abrió la ventana de tiempo para comenzar a subir dicha información al SII.

6.- Para la renta de segunda categoría, se pueden considerar algunos beneficios, cuando el contribuyente le corresponde pagar impuestos puede optar por el  beneficio educacional, gastos en créditos hipotecarios, con la finalidad de reducir el pago de impuestos generando una posible devolución según sean sus ingresos.

7.- El registro de las pérdidas fue modificado, con lo que las empresas deben informar en base a un nuevo cálculo sus resultados negativos.

8.-  Durante la Operación Renta del año pasado, la nueva norma se prestó para interpretaciones por parte de las empresas, al no comprender el alcance de los cambios, por ejemplo, los que generó el Oficio Nº 788 del 23 de abril donde el SII cambió el criterio con el que las empresas obligadas a declarar sus rentas efectivas según contabilidad completa, ahora si podían rebajar las cotizaciones previsionales y de salud, generó buena parte de estos problemas, las pymes realizaron la modificación, perdiendo tiempo y asumiendo el costo, pero además se expusieron a una multa en el proceso de rectificación.

“Contar con personal capacitado fuera de la empresa y con menores gastos administrativos ayudaría a las pymes en la gestión diaria, reduciendo los costos de administración. Siempre es recomendable tener clara la información solicitada por el SII y presentarla en tiempo y forma, para no generar impugnaciones de la declaración”, dice Wendy Gutiérrez, directora de AB Solutions.

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