Economía y negocios

Sólo el 19,3 % de las empresas escogió su régimen tributario en el SII

De las 227.611 empresas que hicieron el trámite, el 70,8 % escogió el sistema de renta atribuida, mientras que el 29,2 % optó por el sistema semi integrado como régimen tributario.

Por: Diario Concepción 08 de Enero 2017
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De las 227.611 empresas que hicieron el trámite, el 70,8 % escogió el sistema de renta atribuida, mientras que el 29,2 % optó por el sistema semi integrado como régimen tributario. 
 

Javier Monsalves Muñoz
Contacto@diarioconcepcion.cl

Sólo un 19 % de las empresas en Chile informó de manera formal al Servicio de Impuestos Internos, SII, por cual régimen tributario se regirán. El otro 81 % no lo hizo, dejando esta labor a la entidad por cuál modalidad operarán.

A comienzos de 2015, en nuestro país había un universo de 680.779 firmas registradas en el SII. A este número se sumaron 93.431 que declararon iniciación de actividades durante el año, y otras 399.136 que no declararon actividad económica o movimientos.

Finalmente el SII hasta diciembre registró 1.173.346 empresas las que tenían como plazo final el 31 de diciembre pasado para informar al SII por cuál régimen tributarían, tomando en cuenta las características de sus empresa y la proyección de estas a un corto y mediano plazo. 

Luego de terminado el plazo, de las 1.173.346, el 83,3% lo hará bajo el régimen de renta atribuida y el 16,7% restante por el régimen semi integrado según datos del servicio. 

Baja participación

Respecto a la débil participación de las empresas en este proceso y de las medidas más importantes de la Reforma Tributaria, el seremi de Economía y Hacienda (s) del Bío Bío, Iván Valenzuela, dijo que es algo normal, ya que Ley no obliga a los contribuyentes a indicar su opción tributaria. En cambio, el SII puede hacerlo teniendo en cuenta las características de dicha empresa. 

Con respecto al alto porcentaje de contribuyentes que quedaron bajo el sistema de renta atribuida, el seremi explicó las razones. "También es normal que un alto porcentaje se rija por el sistema de renta atribuida, ya que las características de este régimen se ajustan a las casi la totalidad de empresas en Chile, ya que del 100 %, el 99% son micro, pequeñas y medianas, sólo el 1% son grandes", explicó Valenzuela. 

Una realidad similar a la que hay en la Región del Bío Bío, donde según el la autoridad el 99,3 % son micro, pequeñas y medianas, el restante 0.7% grande. 

La autoridad añadió que este régimen de renta atribuida es característico en su función especialmente para las micro empresas, ya que a diferencia de las medianas o grandes estas están formadas por personas individuales y al momento de crear la empresa, el dueño ve el beneficio personal de sus rentas, las que normalmente no reinvertirá dentro de su empresa.

Características

Las empresas (83%) que se regirán por el bajo renta atribuida presentan las siguientes características: son empresas individuales, individuales de responsabilidad limitada, sociedades de personas (excluidas las sociedades en comandita por acciones) y comunidades, conformadas exclusivamente por personas naturales con domicilio o residencia en Chile o contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile.

También se incluyen las Sociedades por Acciones (SPA) conformadas por personas naturales con domicilio o residencia en Chile o contribuyentes sin domicilio ni residencia en nuestro país. Finalmente, los contribuyentes del artículo 58 N°1 de Ley de la Renta (establecimientos permanente situados en Chile).

El (16%) de las empresas quedaron bajo el régimen semi integrado. Estas son: sociedades anónimas abiertas o cerradas, las en comandita por acciones y aquellos contribuyentes en los cuales al menos uno de sus propietarios, comuneros, socios o accionistas, no sean personas naturales con domicilio en el país, o contribuyentes sin domicilio ni residencia en nuestro país.

Tiempos de permanencia

El periodo mínimo de permanencia de un contribuyente desde renta atribuida es de cinco años comerciales consecutivos. La empresa podrá cambiarse voluntariamente a la tributación simplificada del artículo 14 ter o al régimen de renta presunta en la medida que cumpla con los requisitos para acogerse a cada uno de estos, aún cuando no haya transcurrido el plazo señalado. 

En el caso del sistema semi integrado, el tiempo de permanencia en el régimen es el mismo que el atribuido.

Los contribuyentes que inicien sus actividades desde el primero de enero de este año, deberán acogerse a un régimen durante los dos meses siguientes a aquel en que comiencen sus actividades.

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