Política

¿Hubo falta de cobro con Cugat? Tesorería explica prescripción de deuda tributaria millonaria

La Tesorería General de la República aseguró que la deuda tributaria superior a $30 mil millones declarada prescrita correspondía a una sociedad distinta de la empresa mencionada en diversos reportajes. Así, aseguró que agotó todas las acciones de cobro contempladas en la normativa vigente.

Por: Equipo Digital 10 de Junio 2026
Fotografía: Cedida | TGR

En medio del debate generado por los embargos a deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), la Tesorería General de la República (TGR) salió a aclarar la situación relacionada con una deuda tributaria superior a $30 mil millones que fue declarada prescrita judicialmente y que, según diversas publicaciones, estaría vinculada a una empresa del grupo Cugat.

A través de una declaración pública, la institución descartó que la prescripción haya sido consecuencia de una falta de gestión por parte del organismo recaudador y precisó que existe una confusión respecto de las sociedades involucradas.

En primer lugar, la TGR sostuvo que la empresa mencionada en diversos reportajes y que actualmente estaría desarrollando procesos de expansión comercial “corresponde a otra persona jurídica de aquella respecto de la cual se declaró la prescripción mencionada” en distintas publicaciones.

Asimismo, la entidad indicó que la sociedad cuya deuda tributaria fue declarada prescrita es distinta a la empresa referida en las informaciones difundidas y aseguró que fue objeto de todas las acciones de cobro disponibles.

TGR detalla gestiones realizadas

Según explicó el organismo, se efectuaron múltiples indagaciones patrimoniales ante bancos, instituciones financieras y Conservadores de Bienes Raíces, sin que se encontraran activos sobre los cuales ejecutar la cobranza de la deuda.

Corresponde precisar que la empresa de alto patrimonio y proceso de expansión referenciada en los reportajes no ha sido objeto de declaración de prescripción de su deuda tributaria. Por otra parte, respecto de la empresa cuyas deudas fueron declaradas prescritas, y que no registra timbraje de documentos ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) desde el año 2012, se ejercieron oportunamente todas las acciones de cobranza y se agotó la búsqueda de bienes en todas las bases de datos de que dispone el Servicio, como numerosas gestiones en terreno”, señaló la institución.

En esa línea, la Tesorería afirmó que la declaración de prescripción no responde a omisiones por parte del organismo, sino a la aplicación de la normativa vigente cuando no existen bienes o patrimonio que permitan hacer efectiva la cobranza.

La prescripción de la deuda, materia de los informativos, no obedece en forma alguna a falta de gestión por parte de TGR, sino a la aplicación de los procedimientos establecidos en el Código Tributario y en la normativa vigente para aquellos casos en que no existen bienes o patrimonio sobre los cuales hacer efectiva la cobranza”.

Llamado a verificar la información

En su declaración, la Tesorería General de la República también hizo un llamado a la ciudadanía y a los medios de comunicación a revisar los antecedentes de este tipo de casos para evitar interpretaciones erróneas respecto de la actuación de los organismos públicos.

Además, reiteró su disposición a aclarar, rectificar o complementar antecedentes cuando sea necesario, con el objetivo de contribuir a una adecuada información de la opinión pública.

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