País

Formalizan a gerente de la empresa eléctrica involucrada en el incendio de Quirihue del 2017

Por: La Discusión 25 de Enero 2022
Fotografía: Lukas Jara

Luego de cinco años de investigaciones del incendio forestal que afectó a Quirihue el año 2017, este lunes 24 de enero la Fiscalía Regional de Ñuble llevó adelante, ante el Juzgado de Garantía de la comuna, la audiencia de formalización por el delito de incendio en contra de Juan Ortega Muñoz, gerente del Área Técnica de la gerencia Zonal Maule de la empresa CGE Distribución S.A. -que está a cargo de la operación y mantenimiento de las instalaciones del servicio público de electricidad-, quien fue imputado por el fiscal (s) de Quirihue, Freddy Benítez.

“En virtud de este cargo, por su responsabilidad en el delito de incendio por hechos ocurridos en fecha de 25 y 26 de enero de 2017 de la comuna de Quirihue, donde producto de la mala mantención, tanto de los cables eléctricos como de las zanjas de electricidad, se produjo un gran incendio que afectó a la comuna, con muchas víctimas y daños materiales”, afirmó el fiscal (s) Freddy Benítez.

Agregó que “se solicitó al Juzgado de Garantía una medida cautelar por parte del Ministerio Público, la cual es arresto domiciliario total; accediendo el tribunal, acogiendo los planteamientos del Ministerio Público y decretando que deberá cumplirlo en su domicilio en la ciudad de Talca”, por un periodo de tres meses, donde se llevará a cabo la investigación.

El Taimo

Este siniestro comenzó en el sector El Taimo y continuó por Ninquihua, Las Delicias, Santa Polonia, Palo Negro, El Durazno, entre otros, y dejó cerca de 10.200 hectáreas afectadas, 62 damnificados y 3.132 millones de pesos en pérdidas, que incluyen viviendas, una escuela, animales, plantaciones y, también, más de una docena de ovejas.

Este delito por el cual es imputado, está bajo el artículo 22 ter de la Ley de Bosques, donde se señala que “el que por mera imprudencia o negligencia en el uso del fuego u otras fuentes de calor en zonas rurales o en terrenos urbanos o semiurbanos destinados al uso público, provocare incendio que cause daño en los bienes a que alude el inciso segundo del artículo 22, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de cincuenta a ciento cincuenta unidades tributarias mensuales”.

Detalles de la audiencia

En la audiencia, el fiscal (s) Freddy Benítez precisó que la tarea anterior es aún más necesaria por las condiciones geográficas de la zona, con amplios sectores boscosos, y por las condiciones ambientales de sequía que vive el país. Y acotó que este mayor riesgo le fue advertido a la empresa por vecinos y autoridades, sin que se realizarán las debidas mantenciones.

Agregó que “el imputado tomó la determinación de no organizar ni ordenar la realización de labores de poda de árboles, limpieza de franjas de seguridad o mantenimiento de instalaciones eléctricas, a pesar de encontrarse obligado a ello, aumentando con dicha actitud, de manera ilegítima y consciente, el riesgo de provocar incendios forestales, circunstancia que efectivamente ocurrió”.

Y añadió que, de esta forma, “se crearon las condiciones idóneas para la ignición y combustión de elementos inflamables, sea ya por acumulación de materiales combustibles bajo el tendido eléctrico, sea porque los árboles entraban en contacto con cables desnudos de cobre del tendido eléctrico, por la caída de un fusible o porque un cable cortado generó chispas e ignición”.

La Discusión esperó hasta el cierre de esta edición una respuesta de la empresa.

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