País

Las 9 razas de perros consideradas “peligrosas” en el reglamento de la Ley de Tenencia Responsable

Por: César Herrera - La Tercera 24 de Agosto 2018
Fotografía: La Tercera

Con el fin de despejar todas las dudas respecto al cuidado de las mascotas, se publicó el primer reglamento de la Ley de Tenencia Responsable.

El documento, compartido por la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere), contiene 70 artículos y dos disposiciones transitorias, donde se identifica a nueve razas como potencialmente peligrosas debido a sus características.

Entre ellas destacan cuatro, bastante comunes en el país. Estas son: Rottweiler, Doberman, Pitbull, Dogo Argentino. Las cinco restantes son Bullmastiff, Fila Brasileiro, Presa Canario, Presa Mallorquín y Tosa Inu.

Asimismo, el escrito precisa que no solo los canes de las razas mencionadas pueden ser catalogados como peligrosos, ya que también se incluye a los perros que tengan un gran desarrollo de masa muscular corporal y de sus músculos masticadores, o que hayan causado lesiones de distinta consideración o la muerte a una persona, o que evidencien dos o más registros de mordeduras a personas en el Registro de Animales Mordedores del Minsal, indicó La Tercera.

El subsecretario de Desarrollo Regional, Felipe Salaberry, enfatizó que “lo que queremos promover es que la ciudadanía sepa que ser dueño de mascota implica deberes con ella y con la sociedad. Queremos evitar con este reglamento, que es muy claro, escenas tan dramáticas de abandono y maltrato y también de ataques a menores de edad por parte de canes que se encuentran en malas condiciones y producto del estrés atacan a un inocente”, manifestó la autoridad de Gobierno.

Exigencias

Quienes deseen tener una de las nueve especies catalogadas como “potencialmente peligrosas” deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Ser mayores de 18 años.
  • Los animales deben llevar bozal, arnés y correa adecuados a su tamaño para circular en espacios públicos.
  • Asegurar que existan cercos seguros que impidan su escape en su lugar de residencia.
  • Los perros deben asistir a un curso de “adiestramiento de obediencia”, el cual debe ser costeado por su dueño

Inscripción de mascotas

A su vez, el reglamento establece un plazo de 180 días para que los dueños de mascotas (perros y gatos) puedan inscribir a sus animales en el Registro Nacional de Mascotas.

Hay plazo hasta el 22 de febrero para realizar la diligencia, la cual puede efectuarse en persona en el municipio correspondiente o en el sitio www.registratumascota.cl. Quienes no cumplan con la exigencia pueden recibir multas que fluctúan entre 1 a las 30 UTM.

Etiquetas