Opinión

Licencias médicas

Por: Diario Concepción 12 de Octubre 2021
Fotografía: Cedida

Jorge Retamal Villegas
Asistente Social y escritor local

Hace unos pocos días atrás, la Asociación de Isapre -a causa de la merma en las ganancias de esta industria privada- anunció la interposición de querellas en contra de un sinnúmero de médicos quienes -a su juicio- otorgarían licencias médicas en gran cantidad. Sin embargo, el andamiaje en que se sustentan estas intimidatorias -y quizás injuriosas- acciones judiciales, resultan insustentables.

Fundo lo anterior en el hecho que, una licencia médica es solo una “solicitud” destinada a eximir a un trabajador de prestar sus servicios, en función de un diagnóstico que lo impide. Reglamentariamente, el médico que la extiende solo tiene la obligación de llenar los datos del paciente, consignar los días que estima necesarios para su recuperación, y el diagnóstico. Este último no garantiza exactitud, porque una aseveración en tal sentido está prohibida en el Código de Ética del Colegio Médico.

Esta solicitud de reposo es revisada por el organismo competente; la Contraloría Médica de una Isapre o la Compin, quienes emiten su fallo, estando facultados para reducirla, ampliarla o rechazarla. En consecuencia, la cantidad de solicitudes que pueda extender un médico carecen de aptitud para producir ningún efecto toda vez que, cualquier derecho, sólo puede surgir cuando los organismos competentes las autorizan. ¿Cómo pueden devenir en fraudulentas, si carecen de todo efecto mientras no sean autorizadas por los organismos de control de la propia institución?
Insisto, las licencias que dan origen a subsidios -herida abierta en el bolsillo de estas empresas- son autorizadas por organismos contralores, y no por los médicos que extienden las solicitudes de reposo.

El facultativo que examina a un paciente, aparte de definir un diagnóstico probable, debe prescribir no solo las alternativas médicas posibles, sino también la posibilidad que el reposo tenga un fin terapéutico que ayude a la recuperabilidad o que impida su agravación en coexistencia con la profesión u oficio. Sobra agregar que hay enfermedades de largo tratamiento y otras de torpe mejoría, a lo que se añade la capacidad económica del paciente para afrontar un costo adicional para acelerar su mejoría.

Estas situaciones solo pueden ser evaluadas por el médico que tiene en sus manos la salud del paciente. Aun así, está aceptado que el facultativo pueda errar, y por esto es que su Código de Ética define lo que entiende por negligencia, impericia o imprudencia médicas, únicas causales que -debidamente acreditadas- permiten controvertir el desempeño profesional.
En las Isapre -en cambio- las resoluciones de rechazo son suscritas por un profesional, normalmente radicado en Santiago, que jamás ha examinado al paciente. Peor aún, que ni siquiera tiene la especialidad del médico que la extendió, pero que consiguen humillar al afiliado obligándolo a recorrer el vejatorio procedimiento administrativo de reclamo, retardando el servicio que debieran dispensarle.

Estoy cierto que toda regla tiene excepciones, pero la buena fe y el principio de inocencia son presunciones propias e inalienables de nuestro ordenamiento jurídico. El cuerpo médico nacional ha sido siempre -y con ocasión de la pandemia- un baluarte de defensa de la vida humana.

Resulta -en consecuencia- impresentable que, a la frustración por un lucro no alcanzado por estas empresas privadas, se le permita la injuria, o el amedrentamiento público al ejercicio de la profesión.

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