Editorial

El agua como un bien nacional de uso público

Hace 8 años que el país tramita una reforma al Código de Aguas. Una reforma no constituye una amenaza a derechos, ni riesgo para proyectos e inversiones a largo plazo.

Por: Editorial Diario Concepción 09 de Enero 2020
Fotografía: Archivo | Pixabay

Por 24 votos a favor y 12 en contra, se rechazó en la Sala del Senado la propuesta de legislar el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, sobre “dominio y uso de aguas”. Puesto que se necesitaban dos tercios para su respaldo (29 votos a favor), el proyecto no continuará su tramitación.

La iniciativa fue presentada en el contexto de la formulación de una nueva constitución, con el fin de consagrar constitucionalmente el carácter de las aguas, en cualquiera de sus estados, como bienes nacionales de uso público. Para tanto, se entrega a la ley la gestión de los recursos hídricos, estableciendo que las concesiones a particulares serán temporales y circunscritas a fines específicos, pudiendo estar sujetas al pago de patentes o tasas. Hoy día, esa materia está regulada por el Código de Aguas, que define el recurso como “bien nacional de uso público” y “bien económico” al mismo tiempo; y autoriza la privatización del agua a través de la concesión de derechos de uso gratuitamente y a perpetuidad.

Es clave recordar que Chile es uno de los países privilegiados en cuanto a disponibilidad de recursos hídricos de superficie. Cuenta con una de las mayores reservas en Campos de Hielo Norte y Sur. El problema es que este patrimonio está irregularmente distribuido en el territorio nacional debido a variadas condiciones físicas y climáticas. Mientras la zona norte es sumamente árida, en la zona sur existen sectores de abundancia. En la zona norte los conflictos por el acceso y propiedad del agua han confrontado históricamente a las comunidades locales indígenas y campesinas con las empresas mineras. Dado que el modelo de gestión del agua en Chile está centrado en criterios de asignación y transacciones de mercado, los diferentes usos y derechos de propiedad han favorecido la concentración de la propiedad en el sector eléctrico, minero y la agroindustria exportadora.

Ese modelo está hoy en debate. Una reforma no constituye una amenaza a los derechos legítimamente adquiridos, tampoco un riesgo para proyectos e inversiones a largo plazo. Todo lo contrario: se busca dirimir conflictos sobre un recurso que pertenece a todos. Mantener el mercado del agua sobre la base de criterios meramente mercantilistas constituye una materia cuestionada. Un mejor control sobre el uso de los recursos hídricos está en el centro de la reivindicación ciudadana, que exige mejores respuestas del poder político.

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