Editorial

Inclusión más allá de las buenas intenciones

Para dar chances equitativas tiene que haber similitud en recursos humanos y materiales. Es necesario que profesores y directivos cuenten con estrategias y recursos para enfrentar los cambios que tendrán las aulas, por la diversidad del estudiantado.

Por: Editorial Diario Concepción 27 de Marzo 2019
Fotografía: Carolina Echagüe M.

Uno de los indicadores desfavorables de Chile es ser el  país más segregado a nivel escolar de la Ocde, tanto en lo socioeconómico como académico, lo que implica una larga historia de inacción o de iniciativas incompletas, o llevadas a cabo con escaso convencimiento. Es decir, décadas de prácticas y políticas contrarias a la inclusión.

La Ley de Inclusión Escolar Ley Nº 20.845, que regula la admisión de estudiantes y tiene como fin disminuir y eventualmente terminar con esa inadmisible segregación, ha optado por aumentar las posibilidades de ingresar a los  establecimientos que prefieran para una educación de calidad. Así, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado. Se hace posible así que las familias tengan la posibilidad de elegir el establecimiento que prefieran sin que eso dependa de su capacidad económica, y por ello el Estado aportará recursos para reemplazar gradualmente la mensualidad que pagan las familias.

Se pretende igualmente, al eliminar el lucro en los establecimientos que reciben aportes del Estado, que todos los recursos públicos deben ser invertidos y reinvertidos para mejorar la calidad de la educación de los niños, jóvenes y adultos, terminando con la selección arbitraria, y los padres y apoderados puedan elegir con libertad el colegio y el proyecto educativo para sus hijos.

Todos estos planteamientos son buenos y deseables, el hecho de haberlos consignado en un cuerpo legal es claramente una poderosa señal en sentido correcto. Pero al mismo tiempo señala compromisos y respaldos para hacer factible el espíritu de la ley, que efectivamente todos los estudiantes tengan parecidas oportunidades.

En este último sentido, para dar posibilidades equitativas también tiene que haber una relativa similitud en recursos humanos y materiales. Por ejemplo, es necesario que los profesores y directivos cuenten con estrategias y recursos para enfrentar los cambios que tendrán las aulas, por la diversidad del estudiantado, con sus particularidades debilidades y fortalezas, si bien se describe una relativa gradualidad, para efectos prácticos no hay demasiado espacio para la adaptación.

Por otra parte, hay una amplia heterogeneidad en la realidad de los sostenedores de los aproximadamente 5.800 establecimientos particulares subvencionados en funcionamiento en el país, en lo relativo a recursos humanos, financieros y competencias, para dar respuesta efectiva a los problemas que aparecen como resultado de esta nueva modalidad de ingreso. Por otra parte, la ley establece determinadas exigencias a estos establecimientos para acogerse al sistema y mayoritariamente profesores que administran un establecimiento pequeño, muchos de ellos en zonas rurales, con dificultades para cumplir con ellas y del mismo modo para conseguir los adecuados financiamientos.

Si bien es cierto ha habido iniciativas específicas para ir resolviendo estas instancias, está claro que la ley no considera claramente el mundo real, cuando su primera consideración debería ser  garantizar su efectiva aplicación, impedir que la realidad la convierta en letra muerta y procedimiento impracticable, particularmente cuando afecta una sector sensible y un problema fundamental de la sociedad chilena.

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