Economía y Negocios

Fallo inédito: Corte ordena a AFP devolver a un afiliado todos sus ahorros previsionales

Por: Equipo Digital 11 de Marzo 2020
Fotografía: Archivo | Agencia UNO

La Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado en contra de AFP Provida y le ordenó restituir a un afiliado la totalidad de sus fondos previsionales, en el plazo máximo de 30 días.

En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de la aseguradora, al negar la restitución íntegra de los fondos, infringiendo el derecho de propiedad, garantizado por la Constitución.

El fallo señala que en este caso existen dos derechos que parecen contradecirse: seguridad social y propiedad. El primero aparece como un derecho futuro y eventual, pues requiere que la persona esté viva, y además, es financiado por el propio cotizante.

En tanto, el derecho de propiedad “se trata de un ejercicio inmediato y que guarda relación directa con su calidad y condiciones de vida del recurrente, la libertad en las capacidades de ejercicio y de goce de sus derechos, entre ellos, el de propiedad, sin que pueda obligarse a un control, sea del Estado o de alguna entidad privada (como la propia AFP), para el cumplimiento de las obligaciones del Estado”.

La seguridad social es por definición un derecho, más no una obligación para las personas“, sostiene el fallo.

Sobre esa base, los jueces dan por acreditado que el cotizante “es titular del derecho de dominio sobre los fondos previsionales” que mantiene en su poder la AFP, por lo que el rechazo a la restitución íntegra de ese patrimonio “pone en juego y amaga la garantía constitucional de la propiedad”, establecido en la Constitución.

El fallo agrega que dicha negativa a devolver los dineros es “ilegal y arbitraria”, pues se afecta el derecho fundamental de propiedad, asilado en una norma jurídica de menor rango (decreto Decreto Ley N° 3.500 sobre pensiones), la cual “debe ceder en su aplicación frente a la regla constitucional“.

Eso sí, esta resolución podría ser revertida en la Corte Suprema, si es que el caso es elevado al máximo tribunal.

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