Economía y Negocios

A 5 años de la ley de insolvencia: perfil de deudores y desafíos

Créditos de consumo y tarjeta de crédito explican la naturaleza de la deuda, seguidos por estudios, pago de autopistas y telecomunicaciones.

Por: Javier Ochoa 12 de Octubre 2019
Fotografía: Archivo | A. Zoñez | Agencia UNO

Caer en un espiral de deudas, las contingencias familiares y enfermedad de un cercano son los principales factores de sobreendeudamiento y que están llevando a los chilenos a declararse en quiebra.

Este mes, se cumplieron cinco años desde que entró en vigencia la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento (Ley 20.720), normativa que permite, a quienes tienen problemas de sobreendeudamiento, enfrentar esta situación y buscar una forma de salir adelante.

Defensadeudores.cl y las facultades de Ingeniería y Ciencias Sociales de la Universidad de Playa Ancha, realizaron el estudio “La radiografía a la quiebra de personas”, que tomó como referencia 974 casos de personas con resolución de liquidación voluntaria, que es una muestra representativa a nivel nacional de las personas que se han liquidado en estos cinco años.

La investigación reveló las tres grandes causales de sobreendeudamiento, que están llevando a las personas a caer en insolvencia y declararse en quiebra.

La principal de ellas y que explica el 54% de los casos es haber caído en un espiral de deudas. “Este surge cuando la persona solicita sistemáticamente alguna herramienta de crédito, debido a que su ingreso mensual no alcanza a cubrir sus obligaciones mensuales. Producto de ello, se ve agobiada y entra en un estado en que comienza a solicitar créditos para pagar otras obligaciones económicas, o bien, opta por repactar y/o refinanciar, generando una especie de bola de nieve con la deuda”, explica el abogado Ricardo Ibáñez, socio de Defensadeudores.cl.

La segunda causa relevante se relaciona con contingencias que aumentan el gasto del hogar y que explica el 28% de los casos de quiebra.

En tercer lugar, con el 16% del total, se encuentran el sobreendeudamiento asociado a una enfermedad.

Sobre si esta Ley podría prestarse para algún abuso, el socio de Moraga y Cía. y académico de la Universidad de Chile y Universidad Adolfo Ibáñez, Diego Messen, dijo que podría suceder que una persona solicitara la declaración de reorganización o liquidación para evitar el pago de deudas, no obstante, esto no proviene de la actual ley, sino que de una práctica que podría verificarse en cualquier deudor que tenga la intención de evitar el pago de sus obligaciones, apuntó.

– ¿Qué es más efectivo para las empresas y personas, renegociar o liquidar los bienes?

– Esto va a depender del real interés de seguir adelante con la actividad que tenía. Si es rentable, por ejemplo, o decide ponerle término definitivo. Además, el factor de la existencia de bienes considerables, también juega un factor preponderante.

– ¿Se deben aumentar las barreras para liquidar bienes?

– Creemos que la ley contempla una fórmula adecuada para la liquidación, por lo que no vemos la necesidad de aumentar barreras para aquello.

– ¿Qué consecuencias puede tener para el deudor liquidar su patrimonio?

– Puede quedar con una visión negativa, desde el punto de vista bancario, principalmente. Lamentablemente, en Chile, la liquidación tiene un aspecto muy negativo más que un proceso de reemprendimiento.

– ¿Cuáles son los desafíos de esta Ley y las posibles modificaciones?

– Quizás aumentar las sanciones para los deudores que abusan del procedimiento para evitar el cumplimiento de obligaciones.

Balance

Consultamos al director de Chiledeudas.cl, Guillermo Figueroa, sobre su balance en estos cinco años. Dijo que, actualmente, el sistema propuesto por la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento es pro liquidación, dado que se le pregunta al deudor si quiere pagar algo o nada y la respuesta mayoritariamente es la segunda. Así las cosas, los procesos de renegociación son minoritarios. Muchas veces estas liquidaciones son excesivas, no siempre se justifican y podrían más bien ser renegociaciones exitosas, sobre todo, en el caso de personas naturales.

“Respecto a esto último, los casos de personas naturales son muchos más que los que se conocen, pues gran parte de los procesos asociados a personas jurídicas, tienen que ver con contribuyentes que emiten boletas y, por eso, se les considera empresa, lo cual es errado y hace que el sistema sea más pro liquidación. Por ello, lo adecuado sería poner barreras de entrada y salida, diferenciando entre tipo de deudas y llevando a que quienes emiten boletas de honorarios, efectivamente sean calificados como personas naturales”.

Asimismo, planteó Figueroa, es importante que se fortalezca el concepto de ‘empresa de menor tamaño’, con el fin de asegurar un acceso de menor costo al proceso de reorganización a este segmento y que realmente esta ley favorezca el reemprendimiento ante la insolvencia. Y, por otro lado, que se pongan límites a la liquidación de bienes, donde realmente estos procesos se concreten cuando la persona natural o jurídica no tienen viabilidad financiera y que, en caso contrario, se utilice la reorganización.

Etiquetas