Economía y Negocios

SII pone su atención en los denominados influencers chilenos

El tema se explica porque el consumidor tiene derecho a saber si el producto promocionado por la persona a quien se sigue lo hace de forma genuina o recibe pago por ello.

Por: Javier Ochoa 16 de Julio 2019
Fotografía: Copesa

Hay varios ejemplos de cómo el mundo digital ha complicado a las legislaciones de los distintos países, como pasó con Uber, Airbnb y los bitcoins.

Pues bien, ahora la atención está puesta en los denominados influencers o influenciadores, rostros y famosos que, a partir de cultivar su imagen a través de redes sociales, han dado pie a un lucrativo negocio que mueve alrededor de mil millones de euros al año.

Los países y también Chile han puesto interés en este segmento, basado en que el consumidor tiene el derecho a saber si el producto promocionado por la persona a quien sigue, lo hace de manera genuina, o recibe un pago por ello.

Diario Pulso publicó un artículo que generó debate respecto a que el SII puso en la lupa a esta actividad, que es una forma publicidad que ha sido cuestionada pues no es del todo explícita, y que ha generado controversia respecto del deber de transparencia hacia los usuarios por parte de las marcas y también por el hecho de que, si genera rentas, es susceptible o no de pagar impuestos.

En paralelo, el Sernac realizó un estudio el año pasado que indagó sobre la “publicidad nativa”, con interesantes conclusiones:

Facebook

En el caso de Facebook, los avisos son claramente identificados como anuncios publicitarios, es decir, son mensajes de marcas, no detectándose el uso de influenciadores.

En esta red social, el 70,3% de la publicidad analizada cumple con las exigencias de la Ley. No obstante, en el 29,7% de los avisos restantes, se detectó falta de información veraz y oportuna, así como problemas en información sobre la vigencia de las promociones u ofertas.

Instagram

A diferencia de Facebook, el estudio detectó que el 42,4% de la publicidad por esta red social es protagonizada por influencers, mientras que el 57,6% corresponde a publicidad patrocinadas por marcas.

Respecto de la transparencia de la publicidad, el 57,6% de los anuncios analizados es identificado claramente como publicidad; el 19,7% de los anuncios no es identificado, pero es posible entender que se trata de publicidad; mientras que el 22,7% de los anuncios no se identifican como publicidad.

Twitter

En Twitter, un 52% de los mensajes analizados corresponde a publicidad realizada por marcas; mientras que un 48% son protagonizados por “influenciadores”.

Para el socio de Moraga y Cía, Álvaro Moraga, se trata de una medida noticiosa por las personas que aparecen fiscalizadas, pero que en definitiva no es más que el mandato legal que tiene el SII de fiscalizar la correcta declaración y pago de los impuestos establecidos en la ley.

“En Chile, cualquier persona que aumente su patrimonio, sea arquitecto o influencer, debe pagar impuesto a la renta, que en el caso de las personas naturales se llama Impuesto Global Complementario, cuya tasa va desde el 0% al 35%, dependiendo del tramo de ingresos anuales que reciba esa persona. El tramo exento llega hasta ganancias de aproximadamente 7 millones de pesos anuales, y el tramo que paga el 35% es para quienes ganan sobre 80 millones de pesos aproximadamente. Y si una persona que incrementa su patrimonio, sea en dinero o en bienes (canje), no declara ni paga los impuestos respectivos, se arriesga a las sanciones civiles y penales establecidas en la ley para los casos de evasión tributaria”, recordó.

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