Economía y Negocios

Experto explica los puntos claves de modernización tributaria para empresas y personas

Habrá un sistema general para todas las empresas con medidas especiales para las Pymes. Los principales tópicos del proyecto de 300 páginas son detallados aquí por un experto en la materia.

Por: Silvanio Mariani 09 de Septiembre 2018
Fotografía: Raphael Sierra P.

A mediados de agosto el Gobierno presentó al Congreso un texto con casi 300 páginas en que propone una modernización del sistema impositivo chileno. La propuesta encontró a defensores entusiastas y también a acérrimos detractores, además de dejar un rastro de dudas respecto a cómo quedará el sistema si fuera aprobado en su totalidad. La incertidumbre generada se basó en un gran número de incógnitas que dejó la propuesta anunciada por el Presidente Piñera en cadena nacional, tales como la magnitud de la nueva recaudación, el detalle de los impuestos a las emisiones, y cómo afectarían los impuestos digitales a las empresas.

Hugo Tapia, abogado y senior manager de Tax & Legal en PwC, explica algunos de los principales cambios que considera el proyecto. Por ejemplo, cuál es la diferencia entre el sistema integrado propuesto y uno semi integrado.

Tapia detalla que en el impuesto a la renta se contemplaría un “sistema integrado total”, único para todas las empresas, en que la totalidad del impuesto corporativo pagado por la empresa sería imputable contra los impuestos finales de los dueños. “Como características se puede mencionar que la tributación con impuesto global complementario de los dueños se generaría sólo si se hacen retiros efectivos de utilidades, se simplifican los registros que las empresas deben llevar y se mantiene la tasa del impuesto de primera categoría en un 27%”. A continuación, el abogado explica algunos puntos de la propuesta.

Apoyo a las Pymes

Se propone un régimen de tributación especial para las Pymes, para contribuyentes con ingresos hasta 50.000 UF. La tasa del impuesto de primera categoría sería de un 25%, el cual opera por el solo ministerio de la Ley, es decir, en forma automática y sin necesidad de una declaración expresa donde la empresa manifieste su voluntad. La empresa también podría optar a la denominada “transparencia tributaria”, es decir a tributar exclusivamente con impuestos finales si es que sus dueños son contribuyentes del impuesto global complementario.

Impuesto a ganancias

Respecto a la ganancia que se puede generar en la venta de acciones y derechos sociales, se contempla un impuesto único de 20%, la cual opera respecto de situaciones que no se encuentren enmarcadas en el art 107 de la Ley de la Renta (que contempla un beneficio para acciones de Sociedades Anónimas Abiertas con presencia bursátil).

Antielusión mejorada

La propuesta de modernización tributaria contiene aclaraciones a las Normas Generales Antielusivas, que afianzan principios de libertad contractual, autonomía de la voluntad y economía de opción, lo cual es una muy buena señal que pretende dar seguridad jurídica a normas que estaban redactadas de manera muy confusa. Asimismo, se establece la obligatoriedad de la carpeta electrónica por RUT.

Defensoría del contribuyente

Se crea la Defensoría del Contribuyente, que tendría por objeto velar por el respecto y observancia de los derechos de los contribuyentes. El organismo dependería del Ministerio de Hacienda.

Impuesto al Valor Agregado

Se busca aclarar la determinación de la base imponible en la venta de bienes inmuebles y extender el beneficio de crédito especial a las empresas constructoras de 2.000 UF a 4.000 UF.

En materia de deducción de gastos para las empresas, se propone un nuevo concepto de gasto que tenga un enfoque más acorde a la realidad económica. Asimismo, se contemplarían normas que permitirían a las empresas efectuar donaciones de alimentos, útiles escolares con fines sociales y reconocer dicha donación como gasto.

Impuesto sustitutivo al FUT

Se vuelve a contemplar el beneficio de establecer un impuesto sustitutivo al FUT, pero ahora con tasa 30% vigente hasta 2020.

Activo fuera de Chile

Se contemplará nuevamente la posibilidad de declarar activos que se encuentren en el extranjero con tributación pendiente, pagando un impuesto de tasa 10%.

Avenimiento extrajudicial

El proyecto permite, durante el lapso de 2 años, resolver de manera voluntaria con el Servicio de Impuestos Internos los juicios tributarios pendientes, mediante la figura del avenimiento extrajudicial. Se abre la posibilidad a optar por un 100% de condonación de intereses y multas.

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