Economía y negocios

Comercio confirma que 1 de mayo es feriado irrenunciable

La excepción a esta normativa incluye a los locales atendidos por sus propios dueños y los locales de rubros como clubes, restaurantes y establecimientos de entretenimiento.

Por: Diario Concepción 28 de Abril 2017
Fotografía: imagen_Principal-416.jpg

La excepción a esta normativa incluye a los locales atendidos por sus propios dueños y los locales de rubros como clubes, restaurantes y establecimientos de entretenimiento. 

La Cámara de Comercio informó que todos los establecimientos de comercio deberán suspender sus actividades habituales o normales, debiendo otorgar a los respectivos trabajadores el día 1 de mayo como descanso obligatorio. 

La excepción a esta normativa incluye a los locales atendidos por sus propios dueños y los locales de rubros como clubes, restaurantes y establecimientos de entretenimiento. Entre ellos cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego y otros lugares de este tipo legalmente autorizados; expendio de combustibles; farmacias de urgencia y aquellas que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. (SM)

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