Economía y negocios

Reflota la polémica por "expropiación encubierta" en reforma al C. de Aguas

Mientras el Gobierno defiende la iniciativa, la SNA anunció una presentación por inconstitucionalidad. Abogado especialista evalúa la viabilidad de la acción.

Por: Diario Concepción 11 de Noviembre 2016
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Mientras el Gobierno defiende la iniciativa, la SNA anunció una presentación por inconstitucionalidad. Abogado especialista evalúa la viabilidad de la acción. 

 

Edgardo Mora Cerda
edgardo.mora@diarioconcepcion.cl

La polémica surgida por los cambios que se quieren realizar al actual Código de Aguas reflotaron ayer con la presentación en la sala de Cámara de Diputados de la iniciativa que busca reformar dicha norma.

Hay recordar que tanto al gremio agrícola regional como a la Asociación de Canalistas del Laja se encuentran en alerta respecto de lo que ocurrirá con las modificaciones planteadas por el ejecutivo.

El ministro de Agricultura, Carlos Fürche, en una visita a Concepción, expresó su rechazo a los dichos del presidente nacional de Sociedad Nacional de Agricultura, Patricio Crespo, respecto que las modificaciones al Código de Aguas eran "una expropiación encubierta".

De hecho, fue enfático en decir que "estoy en absoluto desacuerdo y creo que no hay ninguna justificación para una afirmación de esa naturaleza".

El secretario de Estado dejó claro que "la modificación al Código de Aguas que está en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados (se presentó ayer en sala) es la opinión del Gobierno y ese proyecto no tiene ninguna medida, que pueda ser calificada de expropiatoria", advirtió.

El titular de la cartera de Agricultura, explicó además que "lo que hace es regular los derechos de agua aún no otorgados donde nadie puede expropiar algo que no posee. Entonces, hablar de expropiación porque los derechos de agua futuros se van a entregar en un periodo de 30 años, me parece francamente un abuso de la lógica".

El ministro de Agricultura agregó que "también se establece la existencia de caudales ecológicos mínimos, lo que también en algún momento fue señalado como un motivo de preocupación, pero se hace desde lo que ya establece el Código de Aguas de los recursos entregados a partir del año 2005 para adelante, no toca a los derechos de agua otorgados previamente", aseguró.

Visión de los gremios

José Miguel Stegmeier, presidente de la Sociedad Agrícola del Bío Bío ( Socabio), director del Consorcio Agrícola del Sur (CAS) y de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), señaló que "el principal elemento que rechazamos es la insistencia en precarizar la propiedad sobre los derechos históricos de aprovechamiento del agua en el caso de la agricultura para riego, por lo tanto, derechos consuntivos. Se limita, sobre todo, si los actuales derechos quedan bajo la tutela legal propuesta; la facultad, resguardada por la Constitución, de usar, gozar y disponer del derecho de aprovechamiento a perpetuidad", afirmó.

El líder gremial indicó además que " un segundo aspecto preocupante, es que tendríamos con esta reforma dos categorías de agricultores regantes: aquellos bajo el régimen antiguo, en todo caso en una situación más precaria que hoy y aquellos agricultores que requieren comenzar a regar con nuevas aguas, las cuales serían concesionadas por un plazo acotado. Esto genera una gran distorsión, con agricultores de primera y segunda clase en materia de disponer de agua para riego, afectando principalmente a las regiones del sur", aclaró el dirigente.

Relacionado con esta materia, José Luis Arumí, decano de la Facultad de Agricultura de la Universidad de Concepción en Chillán es tajante en señalar que "desde el punto de vista de la inversión que está realizando en las regiones de Los Lagos y Los Ríos se requiere con urgencia que exista claridad respecto de cuál será la nueva normativa".

Expropiación arbitraria

Respecto de los efectos que tendrán los cambios en el sector agrícola, Stegmeier señaló tres aspectos principales: "En primer lugar, siendo uno de los efectos más graves y onerosos, que el Estado debiera compensar debidamente a los agricultores y a sus asociaciones de regantes por lo que sería, en los hechos, una expropiación arbitraria de sus derechos de aprovechamiento. Además, todo basado en una falacia, ya que los agricultores usamos el agua para producir alimentos y no para acapararla, por lo tanto, la compartimos con toda la población".

Pérdida patrimonial

En la misma línea, el presidente de Socabio continúa diciendo que "un segundo gran efecto negativo es la pérdida patrimonial del valor de la tierra que poseen los agricultores. Este valor se construye mediante la ligazón indisoluble de la tierra con el agua y si cualquiera de los dos factores se precariza en cuanto al dominio, el valor del la hectárea automáticamente baja".

Un tercer aspecto entre otros, "es que de aprobarse tal cual la reforma, significaría menor inversión en nuevos proyectos y también menor acceso a financiamiento, ya que los predios en general tendrían un menor valor de garantía y obviamente, por tener un horizonte más inseguro en cuanto a la disposición de agua, se desincentivarían aquellos proyectos de largo plazo, sobre todo en el ámbito frutícola", enfatizó Stegmeier.

Respecto de las acciones a seguir por parte del sector agrícola, el director de la SNA, dijo también que "debiéramos tomar todas las acciones legales a nuestro alcance, ya que tal cual como está planteado el proyecto de reforma, es evidentemente inconstitucional".

Canalistas del Laja

Por su parte, Patricio Guzmán, presidente de la Asociación de Canalistas del Laja, señaló entre otros puntos que "se afecta la seguridad en los derechos de aguas, pues si bien, la autoridad señala que los derechos ya constituidos mantendrán la condición de titularidad sobre la propiedad perpetua, existen disposiciones que, por su ambigüedad, pueden interpretarse en un sentido contrario, esto es, aplicada sobre los derechos antiguos igualmente pueden llegar a caducarse en base a criterios de la autoridad de turno, donde debe considerarse que estas modificaciones legales serán aplicadas por funcionarios distintos a los actuales". 

Otro punto, según Guzmán es que "este debilitamiento del derecho de propiedad tiene implicancias patrimoniales y de fortaleza de garantías ante el sistema financiero, donde ya no tendrá la misma valoración".

Perspectiva jurídica 

Para el abogado Sebastián Leiva, integrante del estudio de Araya & Cía. desde el 2003 y quien posee más de diez años de experiencia asesorando a grandes empresas, en especial del rubro agrícola, en Derecho de Aguas, Derecho Agrícola y Recursos Naturales. "este proyecto sí tiene algún viso de inconstitucionalidad, respecto del derecho que poseen todas las personas a un justo y debido proceso, toda vez que este proyecto supone la característica de poder caducar los derechos por no uso, donde esta caducidad la tramitará la misma Dirección General de Aguas (DGA) por lo tanto, la DGA se transforma en juez y parte en este proceso de caducidad".

Leiva explicó que "La SNA fundamenta su inconstitucionalidad sobre la base de una "expropiación encubierta", porque se eliminan los derechos de agua sin pagar, porque la caducidad lo que hace en el fondo es extinguir el derecho de agua como una sanción por no uso y esa extinción opera como la eliminación del derecho y no habilita el pago. Bajo esta perspectiva, a mi juicio, la preocupación que uno debiese tener principalmente es la arbitrariedad que podría generarse cuando tienes un funcionario público con algún grado de discrecionalidad y principalmente, falta de criterio, pueda aplicar una caducidad sin la existencia de los presupuestos".
 

 

 

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