A tan sólo horas de comenzar el 2026 las personas aún celebran la llegada de este nuevo año, es ahí donde las visitas al supermercado son esenciales para tener todo lo necesario.
Los usuarios debieron prepararse para este jueves 1 de enero, pues se trata de un feriado irrenunciable y algunas tiendas están obligadas legalmente a no laborar ese día.
Según indica la Dirección del Trabajo (DT) ningún comercio podrá abrir si su función se vincula con el expendio o venta directa al público. Los trabajadores no podrán asistir si cumplen labores relacionadas, como cajeros y empaquetadores.
La normativa aplica incluso si el empleador ofrece un pago adicional por trabajar ese día. Sin embargo, quienes están exentos de esta obligación son aquellos que desempeñan funciones en:
En este caso, los trabajadores de comercios excluidos podrán gozar del festivo una vez cada dos años con el mismo empleador, siempre que pacten la rotación de personal.
Al igual que el resto de feriados irrenunciables, los comercios deben cerrar sus puertas desde las 20.00 horas del día anterior al festivo hasta las 6.00 del día siguiente al mismo. Por lo tanto, el jueves 1 de enero no abrirán.
Es importante destacar que si un empleador incumple con el reglamento, recibirá una multa de entre $347.710 y $1.390.840 por cada trabajador afectado. Esta cantidad equivale a entre 5 y 20 Unidades Tributarias Mensuales.