La partida no está establecida por una norma permanente ni por la Constitución; se incorpora año a año dentro del presupuesto anual, por decisión del Ejecutivo y con aprobación del Congreso.
“Esta reforma nos permitirá desplegar a nuestras Fuerzas Armadas por el tiempo que se estime necesario, habilitándolas para realizar controles de identidad y registro, detenciones en flagrancia y colaborar con la PDI en zonas fronterizas”, afirmó el Mandatario.
Se trata de datos públicos disponibles en la sección de transparencia activa de los sitios web de ambas corporaciones, los que muestran las cifras destinadas a los viajes de los parlamentarios durante cada mes.