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¿Qué es el bono por hijo y quiénes lo reciben?

Por: Tomás Cid 15 de Febrero 2018
Fotografía: Contexto | Agencia UNO

El beneficio existe desde 2009 y apunta a incrementar la pensión de las mujeres mayores de 65 años por cada hijo nacido vivo o adoptado.

El Instituto de Previsión Social (IPS), informó el pasado jueves 8 de febrero que el monto pagado por el Bono por Hijo para 2018 será de $547.073 por cada hijo, para las mujeres que cumplen los 65 años en enero de 2018. La cantidad está sujeta a cambios, dependiendo de la fecha de nacimiento de la madre y de los hijos.

El Bono por Hijo es un beneficio implementado por el IPS en 2009, que apunta a incrementar el ahorro previsional de las mujeres mayores de 65 años, en pos de una mejor pensión mensual. El monto por hijo no se paga al momento del nacimiento de él o ella, sino que junto a la pensión de la madre.

¿Quiénes reciben este bono?

  • Las madres afiliadas al sistema del DL. 3.500 y que no tengan afiliación a otro régimen previsional.
  • Las madres que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
  • Las madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional, solo perciban una pensión de sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario, sea de Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros, Instituto de Salud Laboral, Mutualidad de Empleadores o ex Instituto de Normalización Previsión Social, actual Instituto de Previsión Social (IPS).

Además, las madres afiliadas a una AFP, que comenzaron a recibir su pensión a partir del 1 de julio de 2009, necesitan cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener una clave única si pretenden realizar el trámite en línea.
  • Tener 65 años de edad, o más.
  • Residir en Chile durante un período, continuo o discontinuo, de 20 años, a partir del día en que la beneficiaria cumplió 20 años. Además, haber residido en Chile al menos cuatro años de los últimos cinco, previos a la solicitud del bono.

Respecto a esto último, el IPS agrega que “a las madres que fueron exiliadas y se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo que vivieron en el extranjero como el residido en Chile“.

¿Cuál es el monto?

El bono es efectivo desde el día de nacimiento del hijo o hija y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años. Se calcula de la siguiente manera:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($159.000).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

El bono es irrevocable, una vez adquirido. Adicionalmente, en el caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre adoptiva, como para la biológica.

Los documentos necesarios para solicitar el beneficio, son una cédula de identidad vigente y un poder notarial, en caso de que el trámite sea realizado por un apoderado.

Asimismo, el bono permanecerá vigente para las mujeres afiliadas a una AFP, hasta que el monto total del beneficio se haya pagado, junto a la pensión. En el caso de mujeres con Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009, el bono será pagado de forma vitalicia.

El trámite de solicitud del Bono por Hijo puede ser realizado en las dependencias de la AFP a la que la mujer se encuentra afiliada, en el Centro de Atención IPS-ChileAtiende más cercano, o a través de internet en el siguiente enlace.

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