Opinión

Salud Intercultural

Por: Diario Concepción 02 de Febrero 2024
Fotografía: Cedida

Florencia Alvez Marín
Abogada Corporación Colectiva Justicia en DD.HH.

El 29 de diciembre de 2023 se publicó en el diario oficial el decreto que aprueba el reglamento sobre el derecho de las personas de pueblos indígenas a recibir una atención de salud con pertinencia cultural. Este texto desarrolla el deber de los prestadores institucionales públicos de entregar una atención de salud con pertinencia cultural a las personas de pueblos indígenas, que constituyen el 12,8% de la población en Chile. Su origen se encuentra en el artículo 7 de la ley 20.584, ley conocida como “de derechos y deberes de los pacientes”, del año 2012.

El reglamento establece los mínimos de dicha “atención de salud con pertinencia cultural”, y contiene el trabajo y acuerdos de organizaciones indígenas y el Estado, que desde hace más de 30 años impulsan la salud intercultural en Chile.

La norma establece obligaciones para los prestadores de salud públicos, e insta su aplicación a los prestadores privados, promoviendo el respeto de los derechos de los pueblos indígenas. Entre otros deberes, señala que se deberá contar con facilitadores interculturales, personas que sirven de nexo entre los sistemas de salud; deberá facilitarse el acceso a asistencia espiritual y religiosa propia de los pueblos; se deberán realizar adecuaciones espaciales en los establecimientos de salud, de modo que se consideren las particularidades culturales de los usuarios, entre otros.

Los prestadores institucionales públicos deberán diseñar y desarrollar, en conjunto con los pueblos indígenas, un modelo de salud intercultural, capacitando a sus funcionarios y fortaleciendo instancias de participación. Se le otorga gran relevancia a la planificación desde el territorio, considerando la diversidad de pueblos e identidades presentes en Chile. Los establecimientos de educación superior deberán considerar también, en la formación de estudiantes de carreras de la salud, cursos con enfoque intercultural, de modo que manejen conceptos básicos y reconozcan los sistemas de sanación de los pueblos indígenas.

Así, este reglamento se yergue como una gran oportunidad, promoviendo el encuentro entre culturas, con el propósito de construir vínculos y soluciones. Constituye un tenue reconocimiento a la poderosa y preexistente presencia de los pueblos indígenas en este territorio.

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