Opinión

Cuando la excepción se convierte en la regla

La prórroga del Estado de Catástrofe, a un año de su implementación, es una solución cómoda para el manejo de la pandemia, pero cuestionable desde el punto de vista de las garantías fundamentales que le asisten a los ciudadanos.

Por: Diario Concepción 19 de Marzo 2021
Fotografía: Cedida

José Ramírez
Colectiva Justicia en Derechos Humanos. Corporación y Oficina Jurídica.

Corría la segunda semana de marzo del 2020 y Chile se conmocionaba ante la llegada de la Covid-19. El gobierno reaccionó decretando alerta sanitaria y, desde el 18 de marzo, el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe (EECC). El pasado 10 de marzo del presente año, el Congreso Nacional dio su acuerdo a una nueva prórroga del EECC, en conformidad al art. 41 inc. 2° de la Constitución Política de la República (CPR).

Vale la pena discutir la pertinencia de esta medida. El artículo 43 inc.3° de la CPR señala que el EECC permite al Presidente de la República “restringir las libertades de locomoción y de reunión. Podrá, asimismo, disponer la requisición de bienes, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad y adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada”.

La justificación del EECC resulta al menos cuestionable, a un año de su implementación. Podría sostenerse que los graves efectos de la pandemia justificarían la medida. Sin embargo, es necesario recordar el carácter esencialmente anormal y transitorio del EECC. Hace un año atrás la pandemia era una situación anormal, que requería medidas rápidas y urgentes, pero a estas alturas no lo es: la pandemia nos acompañará durante todo el 2021, al menos y, en consecuencia, el Estado debe compatibilizar su manejo con la protección de los derechos fundamentales (DD.FF).

Cabe destacar que los DD.FF. no sólo pueden restringirse mediante un EECC, sino también mediante leyes, las cuales no pueden afectar el contenido esencial de los derechos, requiriendo quórums calificados para su aprobación. Junto a ello, la alerta sanitaria ya permite la adopción de medidas, en conformidad al Código Sanitario.

La prórroga del Estado de Catástrofe, a un año de su implementación, es una solución cómoda para el manejo de la pandemia, pero cuestionable desde el punto de vista de las garantías fundamentales que le asisten a los ciudadanos, en un contexto de profundos cuestionamientos y baja adhesión al gobierno, luego del mayor ciclo de movilizaciones ciudadanas desde el término de la dictadura.

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