Opinión

Las isapres ante la Corte Interamericana

Por: Diario Concepción 05 de Febrero 2021
Fotografía: Cedida

Rodrigo Castillo
Colectiva – Justicia en Derechos Humanos
Corporación y Oficina Jurídica

Esta semana, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Tribunal Internacional encargado, entre otras materias, de pronunciarse en casos particulares por el cumplimiento de la Convención Americana de Derechos Humanos por parte los países que de ella forman parte, tuvieron lugar las audiencias públicas del caso denominado “Vera Rojas vs. Chile”. En él se discute por el posible incumplimiento del estado chileno en el caso de una niña diagnosticada con el síndrome de Leigh, a la cual, durante el año 2010, Isapre Mas Vida le cortó unilateralmente la hospitalización domiciliaria que requería para su tratamiento, reafirmando con posterioridad la Corte Suprema la decisión de la isapre.

En la presentación ante la Corte, la Comisión Interamericana de DDHH (encargada de llevar las causas a dicho plano) señaló que el Estado de Chile vulneró, entre otros, los derechos a la salud, a la previsión social y a la protección judicial, producto de la falta de regulación, control y sistemas de reclamación adecuados para la fiscalización de la decisión del término del tratamiento de la menor.

Si bien la decisión de la Corte Interamericana en el caso tendrá lugar en los próximos meses, es interesante destacar el hecho que se llegue, por parte de familias chilenas, a estos mecanismos internacionales para exigir responsabilidad al Estado por la necesaria protección al derecho a la salud de las personas, en especial, de la infancia, que se presenta en una situación especialmente vulnerable y de cuidado en caso de enfermedades de gran complejidad.

Este año se cumplen 40 años del establecimiento, en dictadura, del modelo de instituciones de salud previsional (isapres), y los problemas de desigualdad y vulneraciones en el acceso a la salud fomentados por el sistema se han manifestado de diversas formas. Uno de ellos, expresado en el caso Vera Rojas son, justamente, las decisiones unilaterales de las Isapres sobre la continuidad de tratamientos, basados en criterios económicos. Ni aún la entrega de estas funciones de interés público a una entidad privada debieran, como consigna la denuncia del caso, eximir al Estado de su obligación de controlar e impedir los abusos cometidos contra las personas usuarias del sistema, titulares de un importante derecho social como es el derecho a la salud.

Es de esperar que la decisión de la Corte Interamericana otorgue directrices claras de los deberes del Estado de Chile, en la actuación frente a decisiones entregadas a entes privados a cargo de controlar prestaciones sociales. Dichas directrices deben tenerse en consideración en el proceso constituyente. Precisamente, durante las movilizaciones que dieron lugar a este proceso una de las mayores demandas de la ciudadanía giró en torno al establecimiento de un derecho a la salud de carácter universal que les permita afrontar con dignidad la enfermedad y que no esté regido por criterios de mercado.

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