Opinión

Infraestructura y Educación Física

Por: Diario Concepción 11 de Julio 2019

El Ministerio de Educación establece, a través del decreto 548 sobre requerimientos mínimos que deben tener los establecimientos, exigencias en cuanto a infraestructura y condiciones de estos centros. Una de estas exigencias es la temperatura de las salas de clases, que debe estar entre 12° a 15°, dependiendo de la zona del país donde esté ubicado el centro de educación.

Sin embargo, estas condiciones exigibles no alcanzan a la sala de clase del profesor de Educación Física, es decir, el gimnasio. Es más, las condiciones de estos presentan un amplio abanico de posibilidades y, en algunos casos, ni siquiera se cuenta con esta infraestructura. Algunos establecimientos sólo disponen de un patio techado, donde únicamente se pueden realizar las clases cuando no llueve, o bien, gimnasios con techo sin mantención, donde las goteras caen en forma aislada en distintas partes del piso o copiosamente, lo que impide permanecer en su interior y utilizar este recurso pedagógico. En otros casos, tenemos gimnasios donde se cuelan el viento y el frío, lo que imposibilita realizar la clase, ya que los músculos, sistemas orgánicos y hasta los huesos se congelan, a pesar de las actividades realizadas.

No obstante, el profesor de Educación Física se adapta, crea, improvisa o acomoda espacios dentro del establecimiento, que le permitan realizar su clase y cumplir con el proceso de enseñanza aprendizaje, pese a que debería estar en igualdad de condiciones mínimas, como lo indica el Ministerio de Educación, para llevar a cabo en forma cómoda y digna su quehacer pedagógico. Esta es una de las tantas brechas que tenemos en nuestro sistema de educación.

 

Gisela Valdés Betanzo
Académico de Pedagogía en Educación Física
Universidad San Sebastián

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