Opinión

Vacíos legales ante la adopción

Por: Diario Concepción 15 de Febrero 2019

Diversas mejoras se le han introducido a la ley de adopción (19.620) desde su promulgación en 1999, pero aún se necesita con urgencia regular algunos vacíos que burocratizan innecesariamente el proceso y que no velan por el bienestar de los niños.

En la práctica, el procedimiento de entrega de los menores a los adoptantes queda al arbitrio de los Tribunales de Familia, criterios que, por cierto, varían de una corte a otra. En algunos, meras formalidades burocráticas pueden atrasar el otorgamiento de los cuidados personales de un lactante o un pequeño a su familia definitiva, en un período en que cada día de apego perdido no se recupera.

Así, no se entiende que habiendo una institución como el Sename, que realiza exhaustivos procesos para determinar la idoneidad de los padres, que incluye evaluaciones con psicólogos y asistentes sociales, haya jueces que difieran en semanas o meses, la autorización de visita de la entrega de los cuidados personales.

¿Saben ellos lo torturante que puede ser para los padres adoptantes visitar a sus hijos por un par de horas a la semana, sin poder sacarlos de ahí? Mientras tanto, las carpetas descansan en la oficina del tribunal y sólo serán abiertas el día de la audiencia. ¿Qué puede justificar que los jueces no otorguen el permiso de pernocta una vez que el Sename lo solicita, antes de que se lleve a cabo la audiencia para cuidados personales?

Estas materias no pueden quedar al criterio de los jueces: urge establecer un procedimiento estándar que evite la angustia innecesaria de los adoptantes y, sobre todo, que vele por el real bienestar de los niños, que sólo esperan llegar a su hogar y a los brazos de sus padres.

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