Opinión

A la espera de la sentencia de la CIJ

Por: Diario Concepción 11 de Septiembre 2018
Fotografía: Cedida

Paulina Astroza
Doctora en Ciencias Políticas y Sociales
Académica Universidad de Concepción

El 24 de abril de 2008 Bolivia demandó a Chile ante la Corte Internacional de Justicia, tribunal supremo de las Naciones Unidas. En su Solicitud el vecino país pidió a la Corte que declare que Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia en orden a alcanzar un acuerdo que otorgue a Bolivia un acceso totalmente soberano al Océano Pacífico; que Chile ha violado esa obligación; y que Chile debe cumplir dicha obligación de buena fe, formal y prontamente, dentro de un tiempo razonable y en forma efectiva.

Chile se defendió sosteniendo que no existe tal obligación alegada por Bolivia y que, de estimarse por la Corte que ésta existe, ya se encontraría totalmente cumplida. Recordemos también que en su momento nuestro país interpuso una excepción preliminar por incompetencia del tribunal que pese a haberse perdido (ya que no logramos terminar en ese momento con el juicio), en su sentencia la CIJ estimó que “Incluso asumiendo arguyendo que la Corte decidiera esa obligación, no sería tarea de la Corte determinar el resultado de cualquier negociación que tuviese lugar como consecuencia de esa obligación”.

En otras palabras, en esta decisión preliminar la CIJ anuncia que a lo más que podría llegar al decidir el caso es a reconocer la existencia de una obligación de medio o conducta y no de resultado. Además, es importante recalcar que este juicio no es un caso sobre reivindicación marítima o una demanda marítima. Bolivia no ha pedido a la CIJ que declare que ellos tienen derecho a una salida al mar reconociendo el mismo Tribunal en su fallo de la excepción preliminar que “la Solicitud (o demanda) no pide a la Corte que juzgue y declare que Bolivia tiene un derecho soberano”.

Tras las fases escrita y oral – en que las Partes presentaron sus argumentos de hecho y de Derecho y las pruebas respectivas-, el Tribunal de la ONU entró en su etapa deliberativa. En estos momentos los 15 jueces se encuentran estudiando y debatiendo el caso hasta alcanzar una opinión mayoritaria que zanje la controversia. Cuando esto se logre, tras redactar el fallo la CIJ citará a las Partes a oir la lectura de la sentencia que se llevará a cabo en sesión pública en el Palacio de la Paz.

A partir de ese momento se entenderán notificados los Estados y corresponderá luego la etapa de cumplimiento y ejecución del fallo. Evidentemente, en ambos países, la ansiedad aumenta a medida que pasan los días. La CIJ ya volvió de sus vacaciones y comenzó sus actividades con las audiencias de un caso (Irán v Estados Unidos) y una opinión consultiva (Archipiélago de Chagos). No tiene plazo para la deliberación de nuestro caso por lo que fecha cierta aún no sabemos.

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