Opinión

¿Fin de la selección y la discriminación?

Por: Diario Concepción 01 de Septiembre 2018
Fotografía: Cedida

José Vilche Vergara
Subgerente de Educación de la
Corporación Educacional Masónica de Concepción

En el texto de la Ley 20845 de Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado, aparece 8 veces el concepto de discriminación arbitraria.

Como contrapunto, solo una vez figura el concepto de selección, en el sentido de que los centros escolares no pueden aplicar procesos de admisión y selección arbitrarios, entendiendo que son las familias las que tienen el derecho de optar por los proyectos de su preferencia.

Dicho lo anterior, se podría desprender que parte de este marco legal eliminó la libertad del sostenedor para seleccionar al estudiante y, también, eliminó la libertad de los padres de elegir el colegio donde estudian sus hijos, dependiendo de su capacidad copago, y especialmente, en el caso de los colegios particulares con financiamiento compartido.

Qué interesante dilema de libertades: por una parte, la libertad de los sostenedores para elegir estudiantes de acuerdo a sus propios procesos de admisión, con unos padres dispuestos a copagar el servicio que se les ha de prestar, versus la libertad de los padres de elegir establecimiento educacional para sus hijos; libertades parecidas, pero muy distintas. La primera, en su fuero más interno, discriminadora y la segunda, en su espíritu más noble, inclusiva. Es claro que, frente a estas opciones siempre habrá opiniones divididas, que serán defendidas con diversos tipos de argumentos y posturas.

Sin embargo, la Ley fue promulgada y en la actualidad está en proceso de implementación. Bajo las condiciones anteriores es que aparece el SAE (Sistema de Admisión Escolar), una plataforma en internet, a través de la cual los padres postulan a colegios, la cual se activa cuando la cantidad cupos demandada por un colegio es superior a la cantidad que éste oferta. Es justo aquí cuando se activa el espíritu de la Ley, en el sentido de que todos los postulantes tengan las oportunidades de ingreso a esa unidad educativa, dado que para determinar quiénes de los postulantes lograrán completar los cupos disponibles, se define un proceso aleatorio, definido como sorteo transparente y democrático.

¿Podríamos garantizar que a través este proceso, que eliminó los requisitos de admisión, se puede  lograr el fin de la selección y la discriminación? Por el bien de nuestros estudiantes, sus familias y la sociedad, espero que así sea.

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