Opinión

Acreditación de especialidades médicas

Por: Diario Concepción 02 de Septiembre 2017
Fotografía: Diario Concepción

Dr. Octavio Enríquez Lorca

En relación con el proyecto de ley de Reforma de la Educación Superior, enviado por el Ejecutivo al Congreso, éste adolece de una omisión mayor que de materializarse en esta forma puede tener serias repercusiones educacionales, sanitarias y sociales. En efecto, no establece ningún mecanismo de acreditación para los programas especialización.

La acreditación, mecanismo creado en Chile y en numerosos países para asegurar y certificar calidad, no solo debe ser obligatoria para la carrera de Medicina en el pregrado, sino también debe tener ese carácter para los programas de especialización de post título, generadores de profesionales para una atención sanitaria de calidad.

La sociedad, a través de los medios de comunicación, ha manifestado recurrentemente su preocupación sobre la materia, siendo la atención de salud de calidad un derecho garantizado por ley en nuestro país.

Para alcanzar este propósito, la calidad de los especialistas médicos debe estar asegurada desde su formación y por mecanismos reglamentados de certificación periódica como los que ha implementado Conacem (Corporación Nacional de Certificación de Especialistas Médicos).

La Ley de Acreditación vigente –N°20.129- así lo considera al establecer un sistema específico para estos programas de especialización. Este criterio es plenamente válido si se considera: I) su duración -3 años para especialidades primarias y 2 años para especialidades derivadas, II) la dedicación de tiempo completo de los alumnos; III la complejidad y extensión de sus contenidos curriculares, tanto cognitivos como de desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes; IV) la trascendencia social de las especialidades que son un complemento indispensable del pre grado en la Medicina moderna, y v) la naturaleza netamente universitaria de estas disciplinas en Chile, que son generadas, diseñadas y evaluadas por estas instituciones.

Una cuestión fundamental de establecer en el cuerpo legal que se acuerde en el Congreso es que estos procesos de acreditación deben tener financiamiento estatal asegurado y no ser de cargo de las instituciones formadoras, lo que ciertamente ha representado una dificultad en los últimos diez años.

Adicionalmente, es más que necesario y oportuno que el texto del proyecto de Ley de Reforma de la Educación Superior considere la incorporación de las Especialidades Médicas en el Marco Nacional de Cualificaciones, lo que permitiría resolver, entre otras cosas, el reconocimiento directo de la condición de especialista en la carrera académica de las universidades.

Por las razones señaladas y por la gran extensión de este campo académico -en Chile existen cerca de 260 programas de especialización en 16 Facultades de Medicina, estatales y privadas- es indispensable contar con instituciones especializadas para su acreditación.

Las principales instituciones médicas de Chile han expresado hace meses estos planteamientos al Ejecutivo y luego al Parlamento, hasta aquí sin resultados.

La materialización del proyecto de Ley de Reforma de la Educación Superior, en la forma que tiene hasta hoy, es ciertamente un retroceso y compromete dos componentes fundamentales del desarrollo humano, según lo caracteriza el Pnud, la Salud y la Educación.

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