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Editorial

Abandono de personas mayores

En una realidad que pareciera cada vez más compleja para ese segmento etario, lo cierto es que se hace esencial que la sociedad y el Estado se potencien como soporte.

Por: Editorial Diario Concepción 12 de Noviembre 2025
Fotografía: Cedida | Contexto

Siempre es positivo reafirmar la importancia en el cuidado hacia las personas mayores. En una realidad que pareciera cada vez más compleja para ese segmento etario, lo cierto es que se hace esencial que la sociedad y el Estado se potencien como soporte.

Tenemos muchos casos de abandono, sea cual fuere la razón, lo que no cabe es la opción de que las entidades que pueden hacerlo se articulen en función de mejorar la afectación de una persona mayor.

Dato a considerar es lo oficializado en casos en que personas de ese segmento de edad han sido víctimas de graves vulneraciones de sus derechos este 2025 en el Gran Concepción cuya cifra llega a las 570 causas, según la Oficina de Defensa Jurídica Integral de Personas Mayores (Odam), unidad perteneciente a la Corporación de Asistencia Judicial.

De acuerdo con lo señalado a Diario Concepción, estos ingresos son tanto de causas judiciales, como de casos en que se requirió intervención sin asumir representación de la víctima. En cuanto a los últimos, se trata de denuncias a las cuales no se les da curso, pero igualmente la oficina interviene otorgando asesoría socio-jurídica a las víctimas personas mayores. En la actualidad, se encuentran 170 causas en tramitación.

También, según lo señalado por la misma entidad, se ha generado atención desde la unidad por personas mayores en situación de abandono, quienes llegan a hospitales por complicaciones médicas y luego deben permanecer largos periodos ya que su alta está supeditada a ciertos factores de protección.

Vilma Concha, trabajadora social de la citada oficina, explicó que la institución de salud, previo al alta, debe indagar respecto de la red familiar a través del área social del hospital. “Luego determinar que existe red familiar y que reúne las competencias y voluntad para asumir los cuidados de aquella persona mayor que estaba en abandono, recién en esa circunstancia se debiese concretar el alta”, explicó.

Asimismo, las profesionales de la CAJ expusieron que “si no cuenta con condiciones seguras de retorno al domicilio, el alta no debe hacerse sin que exista derivación a modalidad de cuidado alternativo o residencia de larga estadía”.

Esa recomendación, y el procedimiento, hay que tenerla presente al momento de presenciar una situación precaria de ese tipo. No podemos, sino que actuar a conciencia y procurar que se activen las redes de apoyo. Tenemos un desafío como país respecto de mejorar la calidad de vida de las personas mayores, seguimos en deuda.

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