Editorial

Tu cerebro tiene derechos

Chile se adelanta en los derechos relacionados con la sociedad de la información. Ahora, hace falta fortalecer una institucionalidad de protección a los datos personales.

Por: Editorial Diario Concepción 03 de Octubre 2021
Fotografía: Neuroderechos

Tu cerebro tiene derechos. Derecho a no ser vulnerado ni controlado a través de neurotecnologías. De mantener su integridad física y psíquica. De preservar la identidad personal, el libre albedrío y la privacidad mental. Derecho a protección contra los sesgos de los algoritmos.

Pareciera innecesario recalcar tales principios si el cerebro es parte de los seres humanos, que ya tienen consagrados sus derechos universales. Pero las nuevas tecnologías permiten intromisión en un ámbito hasta ahora privado: la actividad cerebral y la información contenida en ella. Es por ello que Chile está ad portas a convertirse en —quizás— el primer país del mundo a promulgar una ley que tiene como fin resguardar la integridad mental ante el desarrollo de las neurotecnologías y el mapeo de la actividad cerebral. El texto aprobado consigna que “La ley establecerá los requisitos, condiciones y restricciones para su uso (de las neurotecnologías) en las personas debiendo resguardar especialmente la actividad cerebral e información de ella”.

Chile se adelanta en los derechos relacionados con la sociedad de la información. Tan importante y tan de avanzada es la materia que la tramitación legislativa fue observada por países de Europa y del continente americano, que podrían replicar la experiencia chilena. Se trata, sin lugar a duda, de un avance: incluir en la Constitución la mención a la privacidad de la actividad cerebral y los datos y la información que de ella se puede extraer.

Ahora, hace falta que los parlamentarios tengan la disposición para fortalecer una institucionalidad de protección de los datos personales. Ser uno de los países pioneros en la incorporación y tratamiento jurídico de los neuroderechos contrasta con la normativa vigente sobre la utilización de información concerniente a personas naturales. Una regulación que ha cumplido más de dos décadas.

De hecho, el Estado de Chile no ha llegado a la meta autoimpuesta: que en 2020 estuviera promulgada la legislación que modifica en parte la actual ley 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Esta norma regula el uso de datos de carácter personal, en registros o bancos de datos, por organismos públicos y privados. Chile se puso a la vanguardia respecto a los neuroderechos. Es de esperarse que el Congreso concluya el trámite para actualizar el cuerpo legal sobre los datos personales y protección de la vida privada. Al menos a los estándares actuales de las tecnologías de información.

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