Editorial

Un cuerpo, dos cabezas

La arquitectura política para las regiones está centrada en la división de poderes y atribuciones en dos autoridades que no necesariamente tendrán visiones, objetivos y propuestas afines para el territorio de su jurisdicción.

Por: Editorial Diario Concepción 20 de Junio 2021
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

La elección de gobernadores y gobernadoras realizada el domingo 13 es parte de un largo proceso para avanzar en descentralización y regionalización. Junto a iniciativas que tramitan en el Parlamento, debería ser un paso real en la reducción del centralismo que expropia a los territorios la posibilidad de manejar sus destinos. Sin embargo, una serie de hechos conocidos esta semana hacen tambalear la promesa de mayor autonomía para las regiones, y la convivencia forzosa de dos autoridades regionales será, con toda probabilidad, una fuente permanente de dificultades.

En Biobío, el gobernador electo responderá a la ciudadanía que lo puso en el cargo. A su vez, el delegado (o delegada) presidencial prestará cuentas al titular de la Presidencia de la República. Y más que eventuales problemas por la cohabitación del edificio del Gobierno Regional, serán los roles y atribuciones similares los motivos que provocarán chispas en la administración. Según la normativa vigente, el gobernador es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional, preside el Consejo y debe coordinarse con los demás órganos y servicios públicos. Le corresponde “la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional”.

Con diferencias más de palabras que reales, al delegado presidencial “representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción “Le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos”, creados para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, “que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio, entre otras funciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional”. Dónde están los límites de uno y otro cargo, nadie lo sabe.

Asimismo, se supo esta semana de una nueva figura en la administración regional: el “gestor territorial”, autoridad que reemplazaría al gobernador provincial y que también responderá directamente a la Presidencia. En simples, la arquitectura política para las regiones está centrada en la división de poderes y atribuciones en dos autoridades que no necesariamente tendrán visiones, objetivos y propuestas afines para el territorio de su jurisdicción. Una responde al entorno local, la otra presta cuentas al Gobierno central. Dos cabezas para un solo cuerpo.

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