Editorial

La protección del medio ambiente no es optativa

Si bien es cierto hay muchas empresas que funcionan con irrestricto apego al espíritu del legislador, muchas otras se alinean solo después de una larga y trabajosa secuencia de denuncia, investigación y largos procesos en tribunales.

Por: Editorial Diario Concepción 07 de Agosto 2019
Fotografía: Agencia UNO

En contraste con el modo de proceder prácticamente anárquico de hace pocas décadas, tiempos en los cuales había enormes forados legislativos que hicieron posibles proyectos de características invasivas y depredadoras, la legislación actual sobre la protección del medio ambiente puede parecer de extraordinaria rigidez e inflexibilidad, una barrera al progreso, sobre todo cuando el concepto de progreso es de interesado corto alcance.

La protección medioambiental es uno de los temas que con más fuerza se introduce en los proyectos de desarrollo, que solían llevarse a cabo sin otras dificultades que el financiamiento y las autorizaciones correspondientes, con pocas otras contemplaciones. La sociedad actual está mucho más consciente de sus derechos en cuanto a este cuidado.  Puede ser que la acumulada evidencia de cambio climático, de agotamiento de recursos, de pérdida de calidad de vida o clara amenaza a la salud de las personas, haya despertado un interés mayor por el futuro mediato y remoto.

Por otra parte, en las ciudades se hace notar, en muchos frentes, las consecuencias de la explosión demográfica y la consecuente densificación, que entre otros factores a tener en cuenta, resulta en una considerable carga de residuos de la más amplia naturaleza, concentrada en una superficie relativamente reducida, a tal grado que basta una interrupción por 24 horas del servicio de extracción para resultar rápidamente en una urgencia sanitaria, además de un indeseable impacto medioambiental.

Ante la importancia de esta situación, la ley. 20.920 establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, su artículo primero es lo suficientemente explícito, advierte que tiene por objeto disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización, a través de la instauración de la responsabilidad extendida del productor y otros instrumentos de gestión de residuos, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente.

Al mismo tiempo opera esta ley de fomento al reciclaje, como un instrumento económico de gestión de residuos, que obliga a los elaboradores de ciertos productos a financiar y organizar la administración de los desechos que deriven de su obra, un aspecto de la producción que tiene que ser incluido con tanta claridad como las características del producto mismo.

Una lectura de este marco legislativo deja en claro que en gran parte es letra muerta, si bien es cierto hay empresas que funcionan con irrestricto apego al espíritu del legislador, muchas otras se alinean solo después de una larga y trabajosa secuencia de denuncia, investigación y largos procesos en tribunales. Una parte significativa de la ciudadanía, algunos microempresarios, y trabajadores autónomos,  mantienen rutinariamente una postura de incumplimiento, con residuos arrojados en cualquier parte, con el consecuente  daño ambiental. Está en desarrollo la conciencia de la fragilidad de nuestro entorno natural, se podría pensar, antropocéntricamente, que se daña el planeta, que contaminamos el aire y el agua, que  podemos dejar la tierra yerma,  pero en realidad el planeta puede seguir sin nosotros, recuperarse en ausencia nuestra en algunos pocos miles de años. Así, cuidar el medio ambiente es, ni más ni menos, que la protección de nuestra propia especie.

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