Economía y Negocios

Celebran aprobación de proyecto que perfecciona sistema de pensiones alimenticias y la crea registro especial de deudores

Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por unanimidad y despachó al Senado el proyecto que modifica la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, al tiempo que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

El proyecto contempla que las resoluciones judiciales que ordenen el pago de una pensión alimenticia, provisoria o definitiva, por un trabajador dependiente o que perciba una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, establecerán como modalidad del pago la retención por parte del empleador o la entidad pagadora de las pensiones.

Si se trata de un trabajador independiente, sujeto a contrato de honorarios, el tribunal podrá establecer la retención de sus honorarios si, atendidas las circunstancias concretas, estima que es un medio idóneo para garantizar el cumplimiento íntegro y oportuno de la pensión alimenticia.

La iniciativa de ley fue dada cuenta en sala por la diputada Joanna Pérez quien señaló que “ es un proyecto sumamente importante para terminar con una violencia que se da a las madres, hijas e hijos que muchas veces llevan años esperando que se paguen las pensiones de alimentos, y hoy día por fin vamos a tener una ley que permite tener un registro de deudores pero además, habrá retención del pago a través del empleadores o la entidad pagadora de pensiones, las bases de datos van a conversar en esta materia y además hay algunas medidas que incentivan el pago de estas pensiones porque de lo contrario quienes adeuden y no paguen van a tener varias sanciones”.

Por ejemplo, advirtió que “no van a poder sacar su permiso de circulación, establece condicionantes para acceder a cargos públicos, restringe la realización de trámites conforme la situación de deuda del alimentante, entre varios otros puntos que también están contempladas en la ley que considero vienen a aportar”.

En relación al Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, será un instrumento electrónico y de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (deudores, alimentario o representante legal, tribunales competentes y personas o entidades obligadas a su consulta). Estará a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.

El Registro dará cuenta de la inscripción de las personas que estén obligadas al pago de una pensión de alimentos, provisorios o definitivos, fijados o aprobados por resolución judicial firme o ejecutoriada. También, que adeuden, total o parcialmente, al menos dos cuotas consecutivas de alimentos provisorios o definitivos, o cuatro discontinuas.

Es así como se regula la obligación de consulta al Registro ante trámites como la renovación del pasaporte o cédula para conducir, para la compra y venta de bienes y para la entrega de beneficios económicos del Estado; y se definen condicionantes para entrar a la administración pública y organismos del Estado, así como para las retenciones que se deberán aplicar para el cumplimiento de sus deberes de pago.

Joanna Pérez finalizó diciendo: “ Valoro este trabajo, lo analizamos en dos comisiones donde en una de ella soy parte y luego en Sala se aprobó de manera unánime, un proyecto relevante donde el no pago de las pensiones alimenticias será considerado como violencia intrafamiliar, con esto terminamos con una de las formas de violencia contra las mujeres.

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