Economía y Negocios

Fallo del T.C. frena impuestos que no sean iniciativa del Ejecutivo en 2021

Ratifica la vigencia de normativas instauradas en la carta fundamental. Lo anterior implica, por ejemplo, que la iniciativa llamada de impuestos a los más ricos dependerá del apoyo del Presidente.

Por: Edgardo Mora 31 de Diciembre 2020
Fotografía: Diario Concepción

De acuerdo con la visión de abogados especialistas en impuestos uno de los principales efectos tributarios del fallo del Tribunal Constitucional es frenar iniciativas que no provengan desde el poder ejecutivo como es el caso del llamado impuesto a los más ricos.

Rocío Cantuarias, abogada, directora de empresas y académica de las facultades de Ciencias Económicas y Administrativas y de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción expresa observaciones en línea con lo anterior.

“El efecto jurídico dice relación con confirmar las limitaciones a las facultades y atribuciones del Parlamento en materias en que sólo tiene iniciativa legal el Presidente de la República, tal como lo regula la Constitución Política de la República vigente”, destaca la abogada.

En este sentido, Hugo Tapia Krug, abogado tributarista, socio Tax & Legal en PricewaterhouseCoopers Consultores Auditores SpA es enfático en señalar que “no se puede intentar modificar normas permanentes por la vía de una reforma constitucional”.

Impuestos a los ricos

En relación a la iniciativa nacida en el Congreso denominada impuestos a los más ricos, Cantuarias explica que “los límites en cuanto a los poderes del Estado que se han recordado con este fallo, también afectan a iniciativas tributarias como el impuesto a los súper ricos”.

Por otra parte, señala que el impuesto a la riqueza no puede ser independiente del sistema tributario que presente nuestro país, que en el caso de Chile está orientado a los flujos, “como lo sostiene el art. 19 número 20 de nuestra Carta Fundamental”.

En tanto, Tapia sostiene que para que un proyecto de esta naturaleza pueda avanzar, “debe ser el Presidente de la República quien presente el proyecto de Ley que cree un nuevo impuesto. Esto desde el punto de vista meramente formal, ya que trae aparejado una serie de otros problemas una creación de un impuesto de este tipo”.

También recalca que Conforme al criterio del Tribunal Constitucional y lo dispuesto en la propia Constitución, cualquier proyecto de ley que establezca un nuevo impuesto, deberá seguir el conducto legal, lo que se traduce en que el Presidente de la República tiene la iniciativa exclusiva para presentar el proyecto, correspondiendo al Congreso su tramitación y discusión.

Efecto político del fallo

Para la académica de la UdeC existe además un efecto político del fallo del Tribunal Constitucional.

El efecto político del fallo del TC sobre el retiro de los fondos parecemos encontrarlo en que, según se ha declarado desde el propio Gobierno a través de algunos medios de prensa, “se sienta un precedente para futuros proyectos de ley que puedan ser ingresados a tramitación vulnerando una o más disposiciones constitucionales, declarándolos inconstitucionales, lo que implicaría un resguardo a la institucionalidad y el Estado de Derecho”.

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