Según el artículo 1° de la Constitución, el Estado está al servicio de la persona y su finalidad es el bien común. Este mandato no puede reducirse a reaccionar ante la catástrofe, sino que exige una planificación fundada en el diálogo previo y el conocimiento profundo del territorio.
La suma de reformas parciales, normas muy detallistas e interpretaciones administrativas cambiantes ha llevado a que muchas decisiones terminen en tribunales y se debilite la autoridad técnica.
El Estado debe hacerse responsable del desarrollo de una industria forestal que ha generado impactos ambientales de gran magnitud, que se manifiestan con incendios forestales devastadores y trágicos, afectando a comunidades y ecosistemas.
La nueva ley reconoce su rol clave en la alimentación popular.
El proyecto de ley también señala que Chile “no debiera quedar al margen” de experiencias internacionales como la normativa estadounidense que obliga a informar calorías en los menús.