Política

Senado aprueba informe de la “Ley Valentín” que regula y exige la instalación de mallas de seguridad en edificios

La iniciativa, nacida tras el trágico accidente de un niño de 5 años en San Pedro de la Paz el año 2025, prohibirá que los reglamentos de copropiedad impidan la instalación de medidas de protección y obligará a implementar estos sistemas en departamentos donde residan menores de 12 años.

Por: Equipo Digital 09 de Septiembre 2026
Fotografía: Contexto | Cedida
Lo que debes saber

• El Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre la “Ley Valentín“, proyecto que previene caídas accidentales desde edificios en altura.

• La ley modificará la normativa de copropiedad para impedir que los condominios prohíban la instalación de mallas de seguridad, aunque podrán regular su estándar estético y de calidad.

• Será obligatorio instalar medidas preventivas en departamentos ubicados sobre el primer piso donde residen menores de 12 años o personas con condiciones especiales.

• El texto pasará ahora a la Cámara de Diputadas y Diputados para su ratificación final.

Te invitamos a leer la nota completa más abajo para conocer los detalles.

La Sala del Senado aprobó por mayoría el informe de la Comisión Mixta que destraba y unifica criterios en torno al proyecto que busca implementar sistemas de seguridad adicionales para impedir caídas accidentales desde edificaciones en altura.

La normativa es conocida como Ley Valentín, en memoria del niño de 5 años que perdió la vida tras caer desde el piso 13 de un edificio en San Pedro de la Paz, en la Región del Biobío, durante 2025.

Su idea matriz es fortalecer la seguridad de quienes habitan o utilizan edificaciones en altura, garantizando la posibilidad de implementar sistemas de protección que resguarden la vida e integridad física de sus ocupantes.

En lo medular, el texto despachado propone una modificación a la actual Ley de Copropiedad Inmobiliaria.

En ella se establece que el Reglamento de Copropiedad no podrá prohibir a los residentes (propietarios, arrendatarios u ocupantes) la instalación de sistemas de seguridad adicionales, permanentes y resistentes, tales como mallas de alta resistencia o bloqueadores de ventanas.

No obstante, las administraciones sí podrán fijar estándares mínimos de calidad, instalación y mantención para conservar la homogeneidad visual y estructural del edificio.

Además de este derecho, el proyecto incorpora una exigencia fundamental: el residente de una unidad ubicada sobre el primer piso, donde habiten niños o niñas de hasta 12 años de edad, o bien personas con necesidades especiales que presenten mayor riesgo de accidentes, tendrá la obligación de implementar medidas de seguridad idóneas para prevenir caídas en sectores de riesgo como balcones y ventanas.

Tras la aprobación de este informe por parte del Senado, el documento de la Comisión Mixta ahora debe ser ratificado por la Cámara de Diputadas y Diputados. De ser visado en esta última instancia, el proyecto quedará en condiciones de convertirse en ley de la República.

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