• El TC declaró admisible el recurso del Gobierno contra la norma que exige reponer servicios básicos a morosos en zonas de incendio.
• El Ejecutivo impugna el artículo 31 de la Ley de Reconstrucción para Biobío, Ñuble y Valparaíso tras validar exigencias legales.
• El Congreso tendrá cinco días de plazo legal para presentar observaciones antes de la resolución final del fondo.
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El Tribunal Constitucional (TC) acogió a tramitación y declaró admisible el requerimiento de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente de la República, José Antonio Kast Rist, en conjunto con ministros de Estado, respecto del artículo 31 de la megarreforma que busca que empresas repongan servicios básicos de manera gratuita en zonas afectadas por incendios, pese a tener deudas.
El Ejecutivo pretende que se declare inconstitucional el artículo del Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social que obliga a las empresas distribuidoras a reconectar servicios básicos en zonas afectadas por incendios en la Región del Biobío, Ñuble y Valparaíso.
La acción requerida por el Ejecutivo cuenta además con la firma del Ministro de Hacienda, Jorge Quiroz; el Ministro Secretario General de la Presidencia, José García; el Ministro de Obras Públicas, Louis de Grange; y la Ministra de Energía, Ximena Rincón.
De acuerdo con lo expuesto en el pronunciamiento de la magistratura, tras examinar el requerimiento formulado por el Ejecutivo a efectos de revisar su admisibilidad, se verificó el cumplimiento de los requisitos consagrados en el artículo 93, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República. Asimismo, el organismo estableció que en la especie no concurre ninguna de las causales de inadmisibilidad dispuestas en el artículo 66, inciso segundo, de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.
Tras dar curso al requerimiento, el TC resolvió notificar de la decisión al Senado y Cámara de Diputadas y Diputados, órganos del Poder Legislativo, que dispondrán de un plazo legal de cinco días para formular las observaciones y presentar los antecedentes que estimen pertinentes antes de la resolución del fondo del asunto.
⚖️ El Tribunal Constitucional (TC), admitió hoy a trámite y declaró admisible el requerimiento Rol N•17.892-26 presentado por el Presidente de la República y cuatro Ministros de Estado, respecto del artículo 31 del Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo… pic.twitter.com/ZgLKKsQxbX
— Tribunal Constitucional de Chile (@tribconst_chile) August 18, 2026