La iniciativa parlamentaria busca establecer sanciones de presidio y multas de hasta 400 UTM para quienes inciten a la discriminación o emitan expresiones gravemente vejatorias contra grupos o personas.
• Senadores presentaron un proyecto de ley para tipificar como delito en el Código Penal la incitación pública al odio y los atentados graves contra la dignidad.
• La iniciativa propone castigos de presidio menor y multas de hasta 400 UTM para quienes profieran expresiones humillantes, fomenten la hostilidad o incurran en negacionismo.
• Las penas aumentarán si el acto ocurre en espacios públicos, plataformas digitales o contra personas vulnerables.
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Un grupo de senadores presentó un proyecto de ley que busca modificar el Código Penal para tipificar y sancionar penalmente “los delitos de atentados graves contra la dignidad y la igualdad e incitación pública al odio”.
La iniciativa surge, según indica el texto, ante la necesidad de actualizar la legislación frente a la dimensión colectiva de la discriminación.
En sus fundamentos, el documento advierte que en la actualidad “el ordenamiento jurídico chileno regula la discriminación arbitraria de forma fragmentaria”.
Ante esto, la propuesta plantea crear un tipo penal autónomo que castigue a quienes profieran “expresiones públicas gravemente humillantes, denigrantes o vejatorias contra un grupo determinado o contra una persona por razón de su pertenencia a aquel”.
Para estos casos, la normativa propone sanciones que incluyen presidio menor en sus grados mínimo a medio, además de una multa económica que irá de 50 a 200 UTM.
Asimismo, el proyecto contempla un nivel mayor de gravedad para quienes fomenten la hostilidad o incurran en negacionismo. Quienes cometan estas faltas arriesgarán presidio menor en sus grados medio a máximo y multas de 200 a 400 UTM.
A esto se sumaría la inhabilitación para ejercer cargos públicos o profesiones en el ámbito educacional por un periodo de 3 años y 1 día a 5 años.
Asimismo, el documento señala que las penas aumentan si el acto ocurre en espacios públicos, a través de plataformas digitales o si la víctima es un niño, niña, adolescente o persona mayor. También hay agravantes si el autor es funcionario público, mientras que las sanciones se reducen si este se retracta públicamente y repara el daño antes de la preparación del juicio.
Finalmente, el texto legislativo establece un resguardo explícito a la libertad de expresión, precisando que no constituirán delito aquellas apreciaciones formuladas “en el ejercicio de buena fe del debate académico, periodístico, religioso, artístico, parlamentario o político”.
La moción fue presentada el pasado miércoles 12 de agosto por el siguiente grupo de senadores y senadoras: Francisco Huenchumilla; Diego Ibáñez; Claudia Pascual y Beatriz Sánchez.
Ahora bien, el mismo día en que se ingresó el proyecto, se decidió que su análisis pase a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, donde será discutido en su primer trámite.