Política

Voto Informado: lo que necesitas saber sobre ciencias en la propuesta de nueva Constitución

Por: Equipo Digital 08 de Agosto 2022
Fotografía: Cedida
  • En el capítulo 2, de Derechos fundamentales y garantías, se consagra el derecho de las personas a participar libremente de la creación, el desarrollo, la conservación y la innovación de los diversos sistemas de conocimientos y a la transferencia de sus aplicaciones, así como a gozar de sus beneficios.
  • Garantiza la libertad de investigación, asegura a toda persona la protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales, científicas y artísticas, y establece como deber del Estado estimular, promover y fortalecer el desarrollo de la investigación científica y tecnológica en todas las áreas del conocimiento, contribuyendo así al enriquecimiento sociocultural del país y al mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes.
  • Se establece que el Estado generará, de forma independiente y descentralizada, las condiciones para el desarrollo de la investigación científica transdisciplinaria en materias relevantes para el resguardo de la calidad de vida de la población y el equilibrio ecosistémico.
  • En cuanto a las orientaciones en el desarrollo de la investigación científica, se dispone que las ciencias y tecnologías, sus aplicaciones y procesos investigativos deben desarrollarse según los principios bioéticos de solidaridad, cooperación, responsabilidad y con pleno respeto a la dignidad humana, la sintiencia de los animales, los derechos de la naturaleza.
  • Relacionado a lo anterior, se dispone la creación de un Consejo Nacional de Bioética, como entidad encargada de asesorar a los organismos del Estado en los asuntos bioéticos que puedan afectar a la vida humana, animal, la naturaleza y la biodiversidad, recomendando la dictación, modificación y supresión de normas que regulen dichas materias.
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