Política

Corte restringe uso de fuerza policial en marchas pacíficas

Tribunal pidió, además, un informe a la superintendencia de Medio Ambiente sobre los efectos que genera en la población el uso de agentes químicos.

Por: Marcelo Castro 15 de Noviembre 2019
Fotografía: Lukas Jara M.

Sigue en cuestionamiento el uso de elementos disuasivos por parte de Carabineros, como gases lacrimógenos o pistolas antidisturbios o con perdigones. Y la Corte de Apelaciones de Concepción ordenó a las fuerzas policiales “abstenerse de utilizar tanto armas letales como balines, respecto de las personas que protestan pacíficamente en marchas o manifestaciones públicas”.

La resolución, de los magistrados Matilde Esquerré, Gonzalo Rojas y abogado integrante Jean Pierre Latsague, sumó una petición a la Superintendencia de Medio Ambiente para emitir un informe, en un plazo de ocho días, “sobre los efectos que provoca el uso de agentes químicos en la población, en el medio ambiente y cómo incide en el aumento en la huella de carbono”.

Junto con lo anterior, la Sexta Sala del tribunal de alzada penquista manifestó que “funcionarios de Carabineros han hecho un uso excesivo y no proporcional de la fuerza al contener las movilizaciones”.

De acuerdo a los jueces Juan Villa, Waldemar Koch y el abogado integrante Gonzalo Cortez, “es un hecho público que, como consecuencia de la utilización por parte de personal de Carabineros de escopetas antidisturbios que disparan balines o perdigones y pese a su calificación de no letales, han generado graves daños a numerosas personas, especialmente, respecto de aquellos que han sufrido gravísimas lesiones en sus globos oculares, llegando en casos extremos a la pérdida definitiva de la visión”.

Además del uso excesivo de la fuerza por parte de los uniformados, los magistrados estimaron que no existe consideración respecto a que “las personas que participan en las manifestaciones no conforman un grupo homogéneo, de modo que resulta indispensable que la fuerza policial focalice su actuación respecto de quienes efectivamente intervengan en hechos que supongan un peligro cierto de muerte o lesiones para el funcionario policial o para cualquier otra persona”.

Aplicar protocolos

Tras conocerse el fallo, desde Carabineros manifestaron que los protocolos son los mismos y que se han seguido al pie de la letra.

El jefe de la Octava Zona, general Rodrigo Medina, dijo que “nuestro actuar ha sido más restringido y hemos ido adoptando nuevos cursos de acción. Esto pide que nos ajustemos a lo que dice nuestro protocolo y es un pronunciamiento que hay que acatar. En ninguna parte dice que se debe dejar de usar”.

La autoridad policial explicó que nunca se han utilizado los gases lacrimógenos y pistolas antidisturbios en manifestaciones pacíficas. “Las hemos ocupado cuando se sale de control y se hace en forma gradual, hay advertencias, después uso de agua, después los gases y al final la escopeta antidisturbios”.

Medina insistió que en casos de lesiones, hay denuncias realizadas tanto de forma interna como en el Ministerio Público. A su vez, confirmó la existencia de las cámaras Gopro en los procedimientos.

Reacciones políticas

El intendente Sergio Giacaman sostuvo que en el “fallo queda claro que la táctica policial está alojada en el rol que tienen las policías. El día lunes ya se había conversado sobre revisar los protocolos y trabajar en la utilización sólo en casos necesarios de estos insumos. Lo relevante es que Carabineros debe implementar los protocolos que se actualizaron el lunes”.

Por su parte, el senador Alejandro Navarro, quien presentó una de las acciones, manifestó “es una victoria para la ciudadanía y sobre todo para las víctimas, para los heridos, para los cientos de personas que han sido dañados en sus ojos, para quienes han perdido la visión”.

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