Opinión

El cumplimiento del deber

Principios que estuvieron presentes desde la fundación misma de estas instituciones, en la génesis de la independencia nacional.

Por: Equipo Digital 30 de Septiembre 2022
Fotografía: Rodrigo Castillo Jofré

RODRIGO CASTILLO JOFRÉ

Abogado-Colectiva Justicia en Derechos Humanos.

 

La masiva filtración de correos del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas ha revelado, con el paso de los días, diversas situaciones que debieran ser objeto de preocupación y atención en el debate público de nuestro país.

No sólo por lo problemática que, en sí misma, resulta esta falla en la seguridad. Igualmente graves son algunos de los contenidos expuestos, entre ellos, comentarios vertidos por miembros del alto escalafón militar, expresivos de lineamientos personales reñidos con el espíritu democrático y el estricto apego al Estado de Derecho.

Entre estos, destacan (lamentablemente) las declaraciones efectuadas por un alto oficial de la Armada, el cual, junto con solicitar una colecta para ex funcionarios de la institución que actualmente cumplen condena por ser autores de crímenes de lesa humanidad en el penal de Punta Peuco, justifica la acción en un “compromiso irrestricto con aquellos antiguos marinos que cumplieron cabalmente con su deber”.

Más allá de las responsabilidades administrativas y disciplinarias internas que pudieran derivarse de este tipo de hechos, la relativización de las condenas dictadas por la justicia en casos de graves violaciones a derechos humanos son expresión de un ideario incompatible con el rol que deben jugar las Fuerzas Armadas en un Estado moderno. Así, hechos como la desaparición forzada del obrero de Talcahuano Rudy Cárcamo, o el asesinato del pastor José Ñanco (por nombrar algunos de los crímenes cometidos por los ex funcionarios aludidos en el correo), no debieran sino ser considerados, por las instituciones y sus jefaturas, como actos apartados radicalmente de los deberes esenciales de las Fuerzas Armadas: el respaldo a la institucionalidad democrática, la sujeción a la legalidad y a la autoridad civil, la protección de la población y el respeto a sus derechos fundamentales.

Principios que estuvieron presentes desde la fundación misma de estas instituciones, en la génesis de la independencia nacional a instancias de las autoridades civiles de la Primera Junta de Gobierno y del prócer penquista Juan Martínez de Rozas, y reafirmados en épocas recientes por la doctrina de los generales Schneider y Prats. La conciencia y práctica de estos deberes por parte de quienes conduzcan los organismos del Estado y de la sociedad en su conjunto, son fundamento para una sana convivencia democrática, especialmente, en momentos en que se extiende el debate y reflexión en torno a las bases comunes de la institucionalidad política del país para los próximos años.

 

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