Opinión

La Deuda de Chile

Chile ratificó este convenio internacional, que vela por los derechos de los niños, el 14 de agosto de 1990, suscribiendo cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección, así como su participación en decisiones que les afecten.

Por: Diario Concepción 22 de Noviembre 2021
Fotografía: Cedida

Marcelo Sánchez
Fundación San Carlos de Maipo.

La Convención sobre los Derechos del Niño fue aprobada el 20 de noviembre de 1989 por la Asamblea General de Naciones Unidas para reconocer que niños y niñas menores de 18 años necesitan una atención y protección especiales.

La palabra ‘infancia’ viene del latín ‘infans’ que significa ‘el que no habla’ y durante muchos años nuestra sociedad ha construido una forma de relacionarse con ella desde la invisibilidad, desde la incapacidad de escuchar y observar su desarrollo como sujetos de derechos. En la literatura ha quedado plasmada una infancia vulnerada con autores que develaron la explotación, el trabajo infantil, la pobreza y carencias que la sitúan en la marginalidad.

Chile ratificó este convenio internacional, que vela por los derechos de los niños, el 14 de agosto de 1990, suscribiendo cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección, así como su participación en decisiones que les afecten.

Los países que han ratificado la Convención, deben informar regularmente sobre sus avances al Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en la forma en que han ido adaptando su legislación a los contenidos de la Convención. Es por ello que nuestro País ha impulsado reformas relevantes tales como la Ley Penal adolescente o las modificaciones al Código laboral respecto al trabajo Infantil, en ambos cuerpos legales dichos cambios se sustentan en el principio de Autonomía Progresiva. Asimismo, se ha fortalecido la institucionalidad en torno a la Niñez con la Subsecretaría y la Defensoría, se ha especializado el Sistema de Protección en los servicios de Reinserción y de Protección Especializada (este último ya en etapa de implementación). Sin duda estos años hemos podido observar una mayor presencia en la discusión pública de cuál debiera ser la relación del Estado con los Niños/as, motivado en parte a la grave crisis en el sistema de protección. La respuesta ha sido mayormente por la vía legislativa, con importantes déficits que hacen relevante por ejemplo completar la tramitación de la Ley de Protección Integral y contar con un Servicio de Representación Jurídica autónomo y especializado, o fortalecer la potestad administrativa frente a la desjudicialización del sistema de protección, para garantizar una oferta descentralizada, oportuna y de calidad para cada niño que en menor o mayor grado haya sido vulnerado.

Ahora bien, a nivel de políticas públicas, se requiere de un despliegue de oferta programática preventiva, con garantía de sus resultados para lograr que el bienestar de los niños se mantenga, es decir una oferta que se anticipe al desarrollo de conductas problemáticas y vulneraciones, que llegue antes y no sólo cuando haya que reparar. Al respecto, iniciativas públicas como Elige Vivir Sin Drogas o el Sistema Lazos aportan en la perspectiva de la prevención social, desde la Sociedad Civil sistemas como Comunidades que se cuidan implementado por la Fundación San Carlos de Maipo, creada por la Sociedad del Canal de Maipo, y su batería de programas con evidencia son referentes para una acción en el territorio en base a información local y con participación de toda la comunidad.

La Niñez demanda de nosotros como sociedad un trabajo articulado, integral y con espacios de participación reconociendo a cada niño y niña como sujetos de Derechos, y saldando así la deuda que por más de tres décadas sigue pendiente.

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