Opinión

Limitar para alternar

Avanzar en mejorar la calidad de la democracia es una tarea pendiente del nuevo poder constituyente.

Por: Editorial Diario Concepción 29 de Junio 2020
Fotografía: Cedida

Jaime Tohá González
Diputado de la República

La democracia consiste, en gran parte, en limitar el poder: el poder del Estado frente a los particulares para lograr la mayor libertad humana posible en todas sus dimensiones; y el poder de los particulares frente al Estado para la obtención de los índices de igualdad y protección deseables en toda República.

Estas limitaciones se traducen en diversos mecanismos jurídicos: a través de la implementación de una carta de derechos fundamentales que puedan alegarse frente a los órganos del Estado; del establecimiento del principio de responsabilidad de todo órgano de la administración por su actuar y, por último, en el ejercicio de la alternancia en el poder.

Uno de los varios aspectos que comprende la alternancia en el poder señalada, es aquel que dice relación con la limitación del tiempo en el desempeño en los cargos de elección popular. Esto, que pareciese algo que uno daría por sentado en Chile, no había ocurrido hasta ahora respecto de los cargos de parlamentarios y alcaldes. Los artículos 22 y 34 de la Constitución de 1833 señalaban expresamente, que tanto diputados como senadores eran reelegibles indefinidamente.

La Carta del 1925, en tanto, no estableció limitación alguna para las reelecciones, salvo en el artículo 62 para el caso del Presidente de la República. La Constitución de 1980, en su artículo 29, sólo limita la reelección del Presidente de la República y establecía, de forma expresa en el artículo 51, que los parlamentarios podrán ser reelegidos en sus cargos.
Por ello, lo ocurrido en el Congreso Nacional hace pocos días (con las debilidades y fortalezas del proceso) constituye un hito en la historia republicana y constitucional de Chile.

Avanzar en mejorar la calidad de la democracia es una tarea pendiente del nuevo poder constituyente, y la limitación a la reelección de ciertos cargos de elección popular, una tarea a terminar sin más dilaciones. Otro paso más en el camino de la construcción de una mayor legitimidad de nuestros representantes en la situación actual de desprestigio de la política, resultaba hoy impostergable.

Los ciudadanos y ciudadanas ya no podrán comprender que un parlamentario o alcalde pueda, después de lo que hemos vivido, permanecer más de 20 años en un cargo. La densidad democrática que logremos hacia el futuro será fruto de los cambios en los que hoy estamos empeñados. Y si bien es cierto que hay democracias avanzadas sin límites a la reelección, estas se construyen sobre un Estado de Derecho con controles ciudadanos y legales mucho más exigentes.

No es un misterio que las ventajas competitivas de quien lleva 20 o más años en una magistratura le ha permitido crear redes y clientelas que hacen muy difícil la entrada de nuevos actores a la oferta electoral. Esos verdaderos caciques han terminado invadiendo el ámbito del Poder Ejecutivo y son quienes, finalmente, nombran a autoridades de gobierno, especialmente en las regiones.

Debemos abrirnos a sincerar de una vez esta discusión, lo cual pasa por reconocer que parte de la actividad y ejercicio de un cargo implica desarrollar dominios electorales, los cuales se manifiestan en la crianza de apoyos cautivos. Por esto, la alternancia en el poder exige que dichos dominios a los cuales accede un parlamentario o un alcalde sean limitados para dar paso a nuevas ideas y personas que hagan del servicio público su porvenir y su tarea. La nueva carta política que el país se dé en los próximos tiempos debe tomar la posta de estos cambios cruciales, que, sin duda, fortalecerán las posibilidades de un Chile más democrático.

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