Opinión

Ley de incentivo a inversión en I+D

Por: Diario Concepción 04 de Diciembre 2018

En un contexto en que nuestro país destina cerca del 0.37% del PIB a Investigación y Desarrollo (datos al 2016 del Ministerio de Economía), siendo inferior al promedio de la OCDE que destina cerca del 2.38% a la misma fecha, cobra una gran relevancia la Ley N°20.241, publicada en el año 2008 y modificada el 6 de marzo del 2012, mediante la Ley N° 20.570, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en este ámbito.

De esta forma, la citada normativa establece un beneficio tributario a empresas que tributan en la primera categoría de acuerdo a la ley de la renta, el que consiste en un 35% de crédito tributario contra el Impuesto de primera categoría sobre los gastos de I+D debidamente certificadas por Corfo. Pero esto no es todo, ya que el 65% restante podrá ser considerado como gasto necesario para producir la renta, independiente del giro de la empresa.

El monto mínimo a invertir debe ser de 100 UTM (aproximadamente $4.800.000), con un tope máximo anual del crédito tributario de 15.000 UTM (aproximadamente $720.000.000). Entre los gastos pertinentes para esta ley encontramos gastos corrientes y de capital (infraestructura, equipos, entre otros).

Cabe destacar que la utilización de este beneficio tributario para empresas que tributan con tasa del 25%, trae como consecuencia un ahorro tributario del 51,25% como porcentaje de lo invertido en I+D, mostrando con ello el impacto positivo que tiene la normativa, tanto desde el punto de vista tributario como financiero.

Mario Ortiz Sepúlveda
Académico  de Ingeniería Civil Industrial
Universidad San Sebastián

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