Editorial

Legislar sobre la extracción de áridos en Chile

A diferencia de otros países, en Chile los áridos no son minerales. Por ende, no se aplican a las actividades extractivas las normas del Código de Minería, entre ellas las relativas a delitos e infracciones. Es necesario legislar al respecto.

Por: Editorial Diario Concepción 10 de Marzo 2021
Fotografía: Extracto video de Arauko Vivo.

Las últimas noticias sobre irregularidades en la extracción de áridos en Biobío dan cuenta de los grandes impactos territoriales, ambientales, económicos y de seguridad que esa actividad genera. Las actividades ilegales ponen en evidencia las falencias de la normativa nacional sobre extracción de áridos, y expone las debilidades de los organismos estatales responsables por hacer cumplir la ley.

Ocurre que la extracción de áridos que no se ajusta a la norma puede impactar muy negativamente al entorno natural. Los estudios han demostrado que, tratándose de áridos fluviales, se corre el riesgo de la alteración de los cauces naturales y, con ello, riesgos de inundaciones y daños en infraestructuras como puentes, caminos y ductos.

El punto partida es que en Chile hay falencias en materias legales y una fiscalización absolutamente insuficiente. En 2018, un informe elaborado para la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados y Diputadas fue categórico: “La extracción de áridos en Chile es una actividad que carece de regulación única, existiendo normas dispersas en distintos cuerpos legales, de acuerdo a la naturaleza del suelo del que se extraen los materiales”. Así, la extracción de áridos desde suelo privado se rige por las normas del Código Civil en materia de accesión. A su vez, la extracción de áridos desde suelo público exige distinguir si se trata de bienes nacionales de uso público o bienes fiscales, además del tipo de suelo.

De hecho, ajustarse a lo que pide la normativa no es demasiado complejo. El requisito común que existe para toda extracción es que se trate de una actividad gravada con el pago de derechos municipales y, cuando corresponda, de patente municipal.

A diferencia de otros países, en Chile los áridos no son minerales. Por ende, no se aplican a las actividades extractivas las normas del Código de Minería, entre ellas las relativas a delitos e infracciones. Chile debe legislar al respecto, y aumentar la fiscalización y las sanciones a la extracción ilegal. Es una actividad millonaria que daña el medioambiente, evade impuestos al país y provoca impactos negativos en infraestructura vial, y en propiedades públicas y privadas. No es aceptable que actividades ilegales sigan a la vista y paciencia de quienes tienen la responsabilidad de hacer cumplir la ley.

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