Economía y Negocios

Las claves ante una eventual baja de impuestos para 2022

Primera categoría sería lo primero a intervenir tanto para empresas como para personas buscando mayor eficacia junto a la desintegración del sistema actual.

Por: Edgardo Mora 07 de Diciembre 2021
Fotografía: Archivo.

Ante una eventual reducción de impuestos analizadas por los equipos económicos de los candidatos a la presidencia, especialistas regionales abordan las principales claves a tener en cuenta.

En esta línea indican que la primera categoría sería lo primero a intervenir tanto para empresas como para personas buscando mayor eficacia junto a la desintegración del sistema actual.

Para Hugo Tapia Krug , abogado tributarista, socio de Tapia y Cia, Abogados y Asesores Tributarios los principales aspectos a considerar a la hora de reducir impuestos buscando mejorar las expectativas económicas “ en lo que dice relación con la tributación de empresas, sería relevante evaluar temporalmente una reducción de la tasa de impuesto de Primera Categoría (actualmente en un 27%) y complementar dicha reducción con incentivos a la inversión, capacitación a los trabajadores y a la reinversión de utilidades”.

En esta línea, Tapia agrega que sería interesante, a modo de ejemplo, evaluar un aumento en los porcentajes de crédito en contra del pago de impuesto de Primera Categoría por compras de activos fijos (actualmente en un 4% para grandes empresas y hasta un 6% para pymes, ambos con tope de 500 UTM) y crédito Sence (actualmente en un 1% del monto de las remuneraciones). Por su parte, en lo que dice relación con la reinversión de utilidades, evaluar volver a la reintegración total de nuestro sistema tributario y permitir que sea aplicable para todas las sociedades, la posibilidad de rebajar de su base imponible una parte de las utilidades que no fueron retiradas por los dueños.

Otro punto relevante para el abogado es en lo que se refiere a la tributación de las personas, “sería interesante evaluar rebajas a la base imponible afecta a impuestos, mediante presunciones de gastos relacionadas a sus ingresos (considerar como gasto un porcentaje de los ingresos totales), como actualmente se permite cuando se reciben ingresos por emisión de boletas de honorarios.

Eficacia

Otro aspecto importante a considerar por el socio de Tapia y Cia, Abogados para que una rebaja impositiva sea eficaz, es que “tenga efectos tanto en la tributación de las empresas como en la tributación de las personas (dueños de las empresas), ya que si bien puede haber una rebaja de impuestos para las empresas, esto no implica una rebaja en la tributación final, más bien tiene un efecto contrario, ya que es la persona quien debe asumir una mayor carga impositiva cuando retira las utilidades que se afectaron con una tributación rebajada en la empresa”.

Recaudación

Cristian Maldonado, asesor tributario, repara en primer lugar en que frente a una disminución de impuestos en el año 2022, se debe considerar que va a afectar la recaudación necesaria para cumplir con los compromisos sociales, por lo que se hace necesario que se realice una disminución, pero en base a la desintegración del sistema actual, que hace que el impuesto de primera categoría sea crédito contra el impuesto global complementario, de lo contrario, no considerar una disminución de impuestos, menos si apunta a un beneficio a las grandes empresas que actualmente son del Régimen semi integrado, pero que debería ser reacomodados respecto a quienes deben tributar ahí.

Al ser requerido sobre cuáles deberían ser los elementos más relevantes a revisar para las pymes, responde que las pymes deben tener mucho cuidado porque se les acaban los beneficios establecidos en ley N° 21.256, que complemento a la N° 21.210, de la última reforma tributaria, en que se les disminuye transitoriamente la tasa de impuesto a la renta a la empresas del articulo 14 D) (régimen Pro pymes) al 10%, quedando el 2022 como último año del beneficio, pero que no fue tal, ahí los asesores habrán explicado correctamente a los empresarios el impacto, porque la mayoría por aplicación de la reforma obtuvieron pérdidas sin aplicar ese 10% y que en el futuro se convertirán en utilidades a las que les aplicará la tasa normal del 25% y no la del 10% transitoria.

Mayores ingresos
Dejando de lado los retiros y concentrando la atención en lo más importante en lo tributario de 2022, Maldonado indica que “si no existe una reducción de impuestos, en primer término se debe hacer una adecuada revisión de la aplicación de la ley N° 21.210 y N° 21.256, para una correcta aplicación en base a lo visto y analizado en estos 2 años de experiencia, y segundo, en términos de recaudación y evitando la disminución de inversiones, se debe revisar adecuadamente la eliminación o revisión de la exenciones tributarias existentes, pero siempre teniendo en consideración que esta eliminación o revisión apunte a quienes tienen los mayores ingresos en este país y no a las pyme, teniendo muy presente que adicionalmente se tramitarán en el Congreso la ley de gratificaciones y de pensiones que serán nuevas cargas para las empresas pymes”.

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