Economía y Negocios

Fiscalizan la contratación del Seguro Covid-19 para trabajadores

La póliza tiene por objeto financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación en caso de contagio de Covid-19, o indemnizar en caso de fallecimiento.

Por: Javier Ochoa - Comunicado de Prensa 21 de Septiembre 2021
Fotografía: Cedida

El Delegado Presidencial Regional del Biobío, Patricio Kuhn, junto a la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Sintia Leyton, acompañaron a la Directora Regional (s) del Trabajo Carmen Gloria Araneda y funcionarios del organismo, durante un recorrido por locales del centro de Concepción para verificar digitalmente y fiscalizar la contratación del Seguro Covid-19 para los trabajadores, por parte de los empleadores.

Las autoridades visitaron distintos establecimientos comerciales para verificar de manera digital, con el carnet de identidad de los trabajadores, que el Seguro Covid-19 estuviera efectivamente contratado y vigente.

Este Seguro Covid-19 aplica para todos los trabajadores del sector privado con contrato de trabajo, sea que coticen en Fonasa o Isapre, y tiene por objeto financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación en caso de contagio de Covid-19 y considera también una indemnización en caso de fallecimiento de 180 UF.

La seremi Sintia Leyton señaló que “hemos estado el día de hoy acompañando la fiscalización de la Dirección del Trabajo de forma digital a la vigencia de estos seguros. Nos hemos encontrado con nuevas contrataciones, por lo tanto se ha dado la oportunidad para orientarlos con respecto a la contratación de este seguro y la cobertura del mismo para los trabajadores.”

Asimismo, la autoridad regional detalló que “en el caso de que un empleador no cubra a sus trabajadores con este seguro, arriesga no solamente multas de acuerdo con el Código del Trabajo, sino que también le correspondería pagar todos los gastos médicos y salud por contagio de sus trabajadores”.

Sobre este último asunto, la directora regional (s) del Trabajo Carmen Gloria Araneda, precisó que “las multas a las que se arriesgan los empleadores por no tener el seguro covid-19 para sus trabajadores van de las 10 UTM a las 60 UTM según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa”.

Según la información entregada por la directora (s) durante la actividad, “en este año 2021 llevamos aproximadamente 350 fiscalizaciones en la Dirección del Trabajo en toda la región del Biobío. Estas fiscalizaciones se dividen entre las fiscalizaciones que son preventivas, que nosotros realizamos a través de programa, y también las denuncias que hayan interpuesto los trabajadores. De estas fiscalizaciones, el 22% termina con infracción”.

Seguro Individual Obligatorio de Salud asociado a COVID-19

Uno de los pilares de la Ley 21.342, que dispone de medidas para el retorno gradual al trabajo presencial en el contexto de la pandemia por Covid-19, es que establece un Seguro Individual Obligatorio de Salud asociado a COVID-19, en favor de los trabajadores que estén desarrollando sus labores de manera presencial o semipresencial, para financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación.

Este seguro financia o reembolsa los gastos asociados a hospitalización, rehabilitación y fallecimiento producto del Covid-19. Lo anterior es la cobertura mínima que establece la Ley, no obstante, las compañías que ofrecen el seguro pueden aumentar dicha cobertura.

Además, se establece una responsabilidad por la no contratación del mismo, donde se hace responsable al empleador del pago de las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, además de las sanciones y multas que correspondan según el Código del Trabajo.

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