Economía y Negocios

La Superintendencia de Pensiones sancionó a dos AFP por proceso de retiro de fondos

Fotografía: Copesa

Luego de concluir el proceso administrativo sancionador respecto de las administradoras de fondos de pensiones la Superintendencia de Pensiones notificó de sanciones de multas a AFP Habitat y AFP Modelo por su actuación en el marco de la discusión legislativa y el proceso de retiro de fondos de pensiones autorizado por la reforma constitucional.

Según informó el organismo, se notificaron sanciones de multas por 3.500 Unidades de Fomento (UF) a AFP Modelo y de 2.000 UF a AFP Habitat.

La seremi del Trabajo y Previsión Social del Biobío, Sintia Leyton Aedo, señaló que “la Superintendencia informó a las AFP de sus multas, pero además continúa con la supervisión del proceso de retiro extraordinario de fondos de ahorro previsional”.

Es así como de acuerdo al más reciente reporte de la Superintendencia de Pensiones, 748 mil 791 personas de la región del Biobío han pedido el retiro extraordinario de parte de sus ahorros previsionales al 29 de septiembre, con un monto promedio de retiro de un millón 407 mil 653 .

Respecto de las sanciones, se detalló desde el organismo que en el caso de AFP Habitat, la Superintendencia concluyó que la administradora excedió su giro exclusivo al enviar una carta a sus afiliados que contenía opiniones improcedentes respecto del entonces proyecto de ley de reforma constitucional que se discutía en el Congreso, conducta con la cual infringió el inciso primero del artículo 23 del Decreto Ley 3.500.

En el caso de AFP Modelo, la multa se aplicó por prestar un servicio web deficiente y demoroso que afectó el oportuno y debido ingreso, así como la tramitación de solicitudes de retiro de fondos de pensiones de sus afiliados.

Es importante mencionar que, según la Ley de Bases de Procedimiento Administrativo, desde la fecha de notificación de las sanciones las AFP tienen cinco días hábiles para presentar un recurso de reposición administrativa ante la Superintendencia.

Asimismo, el DL 3.000 establece 15 días hábiles para interponer un recurso de reclamación de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

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